Contraloría General de la República · N° 056838N13
Dictamen N° 56.838, de 4 de septiembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 56.838 Fecha: 04-IX-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones N°s. 146, 147 y 148, de 2013, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de las cuales se aprueban los contratos de prestación de servicios suscritos mediante trato directo con la Fundación Paternitas, la empresa Mariano González Muñoz Prevención y Salud Mental E.I.R.L., y la O.N.G. de Desarrollo Comunidad Terapéutica Raíces, respectivamente, para la compra de planes de tratamiento para personas con consumo problemático de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, años 2013-2014, por encontrarse ajustadas a derecho. No obstante, en cuanto a lo estipulado en la letra e) del N° 2 de la cláusula décima de los respectivos convenios, acerca de que la multa se rebajará del pago que el servicio deba efectuar al proveedor “en la factura más próxima”, debe entenderse que se refiere a que su entero deberá realizarse en el período aludido, toda vez que el precio de los servicios no se modifica por la aplicación de la anotada sanción, sin perjuicio de que ese organismo público pueda deducir del correspondiente importe a pagar, la suma que el contratante le adeude por el mencionado concepto. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de los actos administrativos señalados. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 056838N13, de 4 de septiembre de 2013.
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