Contraloría General de la República · N° 070443N14
Dictamen N° 70.443, de 10 de septiembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 70.443 Fecha: 10-IX-2014 Esta Entidad de Control ha debido representar el instrumento del rubro, mediante el cual se aprueba contrato y autoriza trato directo celebrado entre la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y Genzyme Chile Limitada, para la adquisición del producto farmacéutico que indica, por no ajustarse a derecho. Al respecto, cabe objetar que la boleta de garantía presentada por dicho proveedor para caucionar el fiel cumplimiento del convenio en análisis, ha sido otorgada por una suma inferior a la exigida en el numeral 15.2., letra d), de los términos de referencia que rigen la presente contratación, aprobados por resolución exenta N° 2.349, de 2013, de la mencionada Central, que establece que en el caso de programas ministeriales -como ocurre en la especie- el monto de tal garantía debe corresponder al 15% del valor total del contrato (impuesto incluido). En mérito de lo expuesto, se representa el documento en examen. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 070443N14, de 10 de septiembre de 2014.
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