Dirección del Trabajo
Ordinario N° 3639, de 11 de julio de 2018
ORD. N°3639 — ORD. N°3639 Jornada de trabajo; Inicio y termino del descanso; Turnos de trabajo
Sumario
ORD. N°3639 Jornada de trabajo; Inicio y termino del descanso; Turnos de trabajo; Atiende presentación que indica.
Texto del pronunciamiento
Dirección del A DIRECCIÓN DEL TRABAJO DEPARTAMENTO JURIDICO 6 2 9 K3996(816)2018 om HA ! ¿LU (4) MAT.: Atiende presentación que indica. A ANT.: 1) Instrucciones Jefe Departamento Jurídico, de 05.07.2018. 2) Instrucciones de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, de 30.04.2018. A 3) Presentación de don Juan Luis Barrera Ponce, de 13.04.2018. DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO 33 JUL 2018 Y A : DON JUAN LUIS BARRERA PONCE PASAJE CORCOLEN N? 3226 VILLA SANTA MATILDE PUENTE ALTO/ juanlbarrerapQgmail.com
Por la presentación del antecedente 3), Ud. consulta
si debió haber concurrido a su trabajo el jueves anterior al viernes 30 de marzo
Ñ pasado, feriado, teniendo presente que tiene pactada una jornada de 45 horas semanales distribuida en cinco días de lunes a viernes, sin turnos rotativos y en horario de 22.30 a 07.30 del día siguiente,.
Al respecto cúmpleme manifestar lo siguiente:
En lo relativo al descanso semanal, el Código del Trabajo en su artículo 36 inciso 1? establece:
“El descanso y las obligaciones y prohibiciones establecidas al respecto en los dos artículos anteriores empezarán a más tardar a las 21 horas del día anterior al domingo o festivo y terminarán a las 6 horas del día siguiente de éstos, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación de los turnos de trabajo”.
Salvo, precisa la jurisprudencia administrativa de esta Dirección, que los respectivos dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo, evento en el cual pueden prestar servicios en el lapso que media entre las 21 y las 24 horas del día anterior a dichos descansos o entre las 00:00 y las 06:00 horas del día siguiente, cuando el respectivo turno incida en dichos períodos (Dictamen N* 3709/074, 16.09.2011).
2 Se infiere de la norma legal trascrita, la jurisprudencia administrativa citada y el contrato de trabajo tenido a la vista, que en la situación que se consulta, no habiendo turnos de trabajo involucrados, el trabajador recurrente don Juan Luis Barrera Ponce no se encontraba en la obligación de concurrir a su trabajo a las 22.30 del día jueves anterior al viernes 30 de marzo pasado, feriado. Es todo cuanto puede informar esta Dirección sobre la materia. Saluda a Ud., Ai las ASAS | W AS Cab ART A NA JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO (LEFES: Lol ABOGADO. Nexo) JEFE DEPARTAMENTO JuriDico Pi DIRECCIÓN DEL TRABAJO der Distribución: - Jurídico, IN y Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 3639, de 11 de julio de 2018.
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