Dirección del Trabajo
Ordinario N° 4955, de 27 de septiembre de 2018
ORD. N°4955 — ORD. N°4955 Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico; Atiende presentac
Sumario
ORD. N°4955 Dirección del Trabajo; Competencia; Caso genérico; Atiende presentación que indica, concluyendo que la Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico, sin perjuicio de lo cual se acompaña jurisprudencia vigente sobre la materia consultada.
Texto del pronunciamiento
> Ñ 1 A Dirección del pe Trabajo pe Gobierno de Chile DEPARTAMENTO JURÍDICO UNIDAD DE DICTAMENES E ll INFORMES EN DERECHO A 5 K. 2933 (726) 2017
ORD.: /
MAT.: Atiende presentación que indica, concluyendo que la Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse
/ de consultas de carácter genérico, sin perjuicio / de lo cual se acompaña jurisprudencia vigente / sobre la materia consultada. / x 1 ANT.: 1) Instrucciones Jefa Unidad Jurídica e Informes N/ en Derecho, de 31.08.2018. Ñ 2) Presentación del Sr. Edmundo Rebellado Allendes de 03.04.2017 SANTIAGO, 27 SEP 2018 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) A : SR. EDMUNDO REBELLADO ALLENDES PASAJE LOS PENSAMIENTOS N? 404, VILLA NAVIDAD PEDRO AGUIRRE CERDA
Mediante presentación singularizada en el Ant.2), se ha solicitado un pronunciamiento jurídico a esta Dirección, relacionado a responder diversas consultas laborales en materia de finiquito e unidad económica.
Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:
El artículo 21, de la ley N* 19.880 que “Establece Bases De Los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, prescribe que “Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:
1. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses individuales o colectivos”.
Señalado lo anterior, no corresponde que este Servicio se pronuncie sobre consultas de carácter general, como acontece en el presente caso, no advirtiéndose, en armonía con los términos del artículo 21 de la ley N* 19.880, que el peticionario haya expuesto un interés individual o colectivo del que sea titular la solicitante, y que se vea afectada por la situación que menciona.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado procedente remitir fotocopia de los dictámenes N*s 3866/42, de 07.10.2013 y 3406/054, de 03.09.2014 emitidos por este Servicio, recaídos en materias similares a aquellas objeto de la consulta.
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales transcritas y los comentarios efectuados, debemos concluir lo siguiente:
, : 2 La Dirección del Trabajo deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, por tratarse de consultas de carácter genérico, sin perjuicio de lo cual se acompaña jurisprudencia sobre la materia consultada. IM | GON DEL > Saluda + entamente a Ud., EL Hol | [S NOY iy 1 E] rara y A ' | ISLEFE IS ; HAS : AN PS] ROSAMEL GUTIERREZ RIQUELME “255 ABOGADO LR JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO X Le Distribudión: - Jurídico - Partes - Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4955, de 27 de septiembre de 2018.
Más sobre Facultad Interpretativa
-
La Dirección del Trabajo aclara que no puede pronunciarse de antemano sobre cláusulas tácitas, pues dependen de cada caso, y que no existe un número mínimo de años para que se configuren.
-
La norma establece que las investigaciones por acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo no se suspenden por feriado, licencia médica u otra ausencia de los involucrados, y exige que quien investiga garantice el debido proceso y los principios legales.
-
La Dirección del Trabajo no puede interpretar cláusulas de un convenio colectivo cuando existe controversia entre las partes, pues ello corresponde a los tribunales. Resuelve que carece de competencia para determinar cómo cumplir la cláusula vigésimo cuarta de ese contrato.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Competencia y Facultades de la DT, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Competencia y Facultades de la DT¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.