Dirección del Trabajo
Ordinario N° 4036, de 21 de agosto de 2019
ORD. N°4036 — ORD. N°4036 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Ley de inclusi
Sumario
ORD. N°4036 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; Ley de inclusión; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de carácter genérico.
Texto del pronunciamiento
¿Dirección de A Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E 1687 (2353) 2018 Va UM 4036 1 ORDINARION%“%___________ / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Competencia Dirección del Trabajo. Consulta genérica. Ley de inclusión. RESUMEN: La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de consultas de P carácter genérico. A! ANTECEDENTES: Y 1) Instrucciones de 22.07.2019, de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 19.10.2018, de don Vicente García Olave. SANTIAGO, 21 AGO m9 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR.VICENTE GARCÍA OLAVE vgarcia(Maptuslex.cl
Mediante presentación del antecedente 2), Ud. ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico, destinado a responder diversas consultas laborales en materia de Ley de Inclusión Laboral.
Al respecto cumplo con informar a Ud. lo siguiente:
El artículo 21, de la Ley N* 19.880 que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, prescribe que “Se consideraran interesados en el procedimiento administrativo:
1. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses individuales o colectivos”.
Señalado lo anterior, no corresponde que este Servicio se pronuncie sobre consultas de carácter general, como acontece en el presente caso, no advirtiéndose, en armonía con los términos del artículo 21 de la ley N” 19.880, ya citado, que el peticionario haya expuesto un interés individual o colectivo del que sea titular, y que se vea afectado por la situación que menciona.
Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado procedente informar que las consultas formuladas en su presentación ya han sido resueltas por este Servicio a través del dictamen N* 6245/047, de 12.12.2018, en lo que respecta al cumplimiento alternativo de la obligación de reserva legal establecida en el artículo 157 ter del Código del Trabajo, el
2 que puede consultar en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo: https: //www. dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-channel.htmi. Saluda atentamente a Ua., Y EH Gi PELO, / SN ); Pi A ) LT 4 [S/ JEFES /) , ESA DAVID ODDOBEAS Va EY LL AS DO Ss E PARTA ENTO JURÍDICO Y FISCAL o DIRECCIÓN DEL TRABAJO AS ÁAmM ¡dm Distribución: - Jurídico * Partes
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4036, de 21 de agosto de 2019.
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