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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1392, de 8 de abril de 2020

ORD. N°1392 — ORD. N°1392 Documentación Laboral; Sistema Electrónico; Atendida la falta de inf

Sumario

ORD. N°1392 Documentación Laboral; Sistema Electrónico; Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.

Texto del pronunciamiento

ol ro Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E49196 (2588) 2019 , 13 ORDINARIO N”: 14392 , . ACTUACIÓN: — [ pl 67) Aplica doctrina. MATERIA: Documentación laboral electrónica. RESUMEN: Atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 06.01.2020 y 16.03.2020, de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Correo electrónico de 11.12.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía. 3) Presentación de 25.11.2019 de Sr. Rodrigo Logan Soto, en representación de empresa Abogado Digital S.p.A. SANTIAGO, 08 ABR 2020 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : RODRIGO LOGAN SOTO rloganOlogan-abogados.cl ABOGADO DIGITAL S.P.A. HUÉRFANOS N863, OF. 817-818 SANTIAGO Mediante presentación del antecedente 3), usted ha informado a este Servicio la creación de un portal de generación y firma de documentación en formato digital. Asimismo, solicita a esta Dirección la emisión de un acto administrativo relacionado - con la operación de la mencionada plataforma. Precisado lo anterior, es del caso indicar que al no existir claridad respecto de la o las peticiones concretas planteadas por usted se le solicitó, mediante correo electrónico de antecedente 2), que precisara su solicitud.

Sin embargo, a la fecha de confección del presente informe no se ha recibido respuesta a la citada comunicación lo que, dada la falta de claridad respecto de la petición, consecuencialmente impide a este Servicio emitir un pronunciamiento.

En consecuencia, sobre la base de las consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que atendida la falta de información de la presentación, la Dirección del Trabajo no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo anterior, no obsta a que la solicitud, Una vez complementada o precisada, sea ingresada nuevamente a este Servicio.

Saluda atentamente a Ud.,

Omulo) TA Anio A [ES > SONIA MENA-S07O (Sy NA ABOGADA A ÍÍERE JO JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y Rega eS i . DIRECCIÓN DEL TRABAJO A Lénmco istribución: - Jurídico; - Partes, . 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1392, de 8 de abril de 2020.

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