Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1825, de 9 de junio de 2020

ORD. N°1825 — ORD. N°1825 Estatuto de Salud; Corporación municipal; Reconocimiento título prof

Sumario

ORD. N°1825 Estatuto de Salud; Corporación municipal; Reconocimiento título profesional; No resulta jurídicamente procedente emitir pronunciamiento respecto de una presentación que no precisa debidamente la consulta que se formula.

Texto del pronunciamiento

a. Gobierno de'Chile: Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E9757(445)2020 sor 1825 | pu 0 ORDINARIO: 303) Juas ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Estatuto de Salud. RESUMEN: : No resulta jurídicamente procedente emitir pronunciamiento respecto de una presentación que no precisa debidamente la consulta que se formula. ANTECEDENTES: 1) Correo electrónico de 04.05.2020. . 2) Ordinario N* 1027 de 27.02.2020 de la Sra. Jefa de 5 la Unidad de Pronunciamientos, Innovación y : : Estudios Laborales, ..- 3) Pase N* 126 de 14.02.2020 de la Sra. Jefa de Gabinete de la Sra. Directora del Trabajo. 4) Oficio N* 1740 de 05.02.2020 de la Contraloría General de la República. 5) Presentación de 23.12.2019 de doña Fernanda Pino Bustos. SANTIAGO, 09 JUN 2020 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO : A: SRA. FERNANDA PINO BUSTOS Fernandap670Qhotmail.com NACIMIENTO N* 1299 SAN BERNARDO Mediante presentación del antecedente 5), solicitó Ud. a la Contraloría General de la República el reconocimiento de su título profesional. Dicho órgano contralor remitió esta solicitud a esta Dirección por tener competencia respecto de su entidad empleadora, la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo. Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente: 1

Mediante Ordinario N* 1027, de 27.02.2020, esta Dirección le requirió que precisara su consulta atendido que solicita Ud. el reconocimiento de su título profesional de Planificadora Social, de la Universidad de Los Lagos, sin señalar para qué efectos, presentación que hasta la fecha no ha sido respondida, por lo que no se dispone de los antecedentes necesarios para poder evacuar su consulta. — * Lo anterior se encuentra acorde con la reiterada doctrina de este Servicio, contenida, : entre otros, en Ordinarios N* 5160, de 19.10.2016 y 5633, de 06.11. 2018, en virtud de la cual no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de modo genérico sobre materias determinadas, sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular. Sin perjuicio de lo anterior, dado los términos contenidos en el poder de 23.12.2019, _ conferido por Ud, a su apoderada doña Cristina De Las Mercedes Moscoso Gallardo, éste = sería para realizar trámites con la finalidad de recibir la entrega de su título, ante la Contraloría General de la República o donde se estime pertinente para llevar a cabo dicha gestión, materia que no es de competencia de esta Dirección. o Saluda atentamente a Ud., E ÑN DEZ Deo e Ze SONIA EOL (57 Na ms ABOGADA_-- [3Í ES » JEFA DEPARTAMENTÓ ÍDICO Y FISCA! EA, Lo S N- DIRECCIÓN DEL TRABAJO Ni» ES firrisccmeo istribución: - Jurídico - Partes » 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1825, de 9 de junio de 2020.

Crea tu cuenta de prueba para buscar entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso, y citarlos sin copiarlos a mano.

Crear cuenta de prueba

Más de Folium