Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2484, de 2 de noviembre de 2021
ORD. N°2484 — ORD. N°2484 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; La Dirección d
Sumario
ORD. N°2484 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de una consulta de carácter genérico.
Texto del pronunciamiento
Po “Dirección del | "Trabajo. $ Departamento Jurídico y Fiscalía E186603/2021 Y 4 8 á ORDINARIO NC: MATERIA: Dirección del Trabajo. Competencia. Consulta genérica. RESUMEN: La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de una consulta de carácter genérico. ANTECEDENTES: Presentación del Sr. José Cea Contreras, de 21.10.2021. SANTIAGO, —Q2N0V 2021 DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: SR. JOSÉ CEA CONTRERAS
joseceacontre gmail.com
Mediante presentación señalada en el antecedente, Usted solicita a esta Dirección que emita un pronunciamiento jurídico, a fin de que se determine si la Sra. Nelly Díaz Delgado tiene o no la calidad de Directora de la Asociación Nacional de Funcionarios del Registro Civil de Chile y, en su caso, si no detenta la calidad de
. directora, se proceda a la eliminación del registro respectivo.
Sobre el particular, cumplo con informar a Ua. lo siguiente:
El Decreto con Fuerza de Ley N*2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica que estructura y fija funciones de la Dirección del Trabajo, en el literal b) inciso 2* de su artículo 1”, establece que le compete "Fijar de oficio o a petición de parte por medio de dictámenes el sentido y alcance de las leyes del trabajo".
Por su parte, el artículo 5” letra b), del precitado cuerpo legal, dispone:
"Al Director le corresponderá especialmente:
b) Fijar la interpretación de la legislación y reglamentación social, sin perjuicio de la competencia que sobre determinadas materias tengan otros servicios u organismos fiscales, salvo que el caso esté sometido al pronunciamiento de los tribunales y esta circunstancia esté en su conocimiento".
Del análisis de las disposiciones citadas se desprende, que la facultad interpretativa otorgada por el legislador a esta Dirección se encuentra radicada en el Director/a del Trabajo, autoridad que está facultada para fijar el sentido y alcance de la legislación y reglamentación laboral, limitada al marco que le señala el propio Código del Trabajo y su ley orgánica.
Por su parte, al Departamento Jurídico le corresponde responder consultas legales, relacionadas con la legislación y reglamentación laboral, cuando se trate de
materias en las que existe precedente, a través de anteriores pronunciamientos jurídicos de la Dirección del Trabajo, o que se mantenga la doctrina institucional, según así además se indica en Ord. N%8 de 04.01.2021 de este Departamento.
Ahora bien, en su presentación solicita un pronunciamiento referente a si la Sra. Nelly Díaz Delgado tiene o no, la calidad de Directora de la Asociación Nacional de Funcionarios del Registro Civil de Chile, sin aportar los datos necesarios para emitir la respuesta solicitada, tales como, en qué calidad usted solicita el pronunciamiento indicado ante esta Dirección y cuál es el interés que tiene en la emisión del mismo, entre otros. En efecto, en su presentación, no se indica si usted efectúa la solicitud en representación de alguna asociación de funcionarios; como socio de alguna asociación de funcionarios; o si es funcionario dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación.
En tal sentido, resulta pertinente destacar que la doctrina de este Servicio, contenida en Ord. N%8 de 04.01.2021, entre otros, ha precisado que no resulta jurídicamente procedente pronunciarse de modo genérico sobre materias respecto de las cuales no se cuenta con información suficiente, por lo que no será posible emitir el pronunciamiento solicitado.
En consecuencia, sobre la base de las consideraciones y jurisprudencia anotadas, cumplo con informar a usted que la Dirección del Trabajo deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, por tratarse de una consulta de carácter genérico, la que podrá reiterar aportando mayores antecedentes.
Saluda atentamente a Uad.,
| DIRECCIÓN DEL TRABAJO MN |] GR SPA [02 Nov 201 | | JUAN DAÍABTERRAZAS PONCE SON mM NN E ADO (E i ¡| JEFE DEPARTAMENTO/JURÍDICO Y FISCAL (9/22. 2%; OFICINA DE PARTES | RESSIAN ÉL TRABA SN) ler Distribución: - Jurídico - Partes : 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2484, de 2 de noviembre de 2021.
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