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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 753, de 12 de mayo de 2022

ORD. N°753 — ORD. N°753 Seguridad y Salud en el Trabajo; No corresponde que esta Dirección s

Sumario

ORD. N°753 Seguridad y Salud en el Trabajo; No corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre una situación hipotética y abstracta como la planteada, toda vez que para ello resulta necesario que se le informe acerca de alguna situación o pregunta concreta referida a normas laborales o se salud y seguridad en el trabajo vigentes, cuyo incumplimiento sea susceptible de ser investigado por este Servicio a través de un pronunciamiento de fiscalización.

Texto del pronunciamiento

3 Dirección del d, mbajo DEPARTAMENTO JURÍDICO Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E.18718(286)2022 “7 5 my ORDINARIO: AY) ACTUACIÓN: Aplica doctrina. | ou 0 MATERIA: Seguridad y Salud en el Trabajo. RESUMEN: No corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre una situación hipotética y abstracta como la planteada, toda vez que para ello resulta necesario que se le informe acerca de alguna situación o pregunta concreta referidas a normas laborales o se salud y seguridad en el trabajo vigentes, cuyo incumplimiento sea susceptible de ser investigado por este Servicio a través de un procedimiento de fiscalización. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 16.04.2022, de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales, 2) Correo electrónico de 29.03.2022, del solicitante. 3) Correos electrónicos de 29, 24 y 21.03.2022, del Departamento Jurídico. 4) Correo electrónico de 23.02.2021, recibido el 05.03.2021, de Sr. Nicolás Hernán Zamora Ubilla. DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) A : SR. NICOLÁS HERNÁN ZAMORA UBILLA

CALLE FLORIDA N*970

CONCEPCIÓN

nicolaszamora84(Qgmail.com

Mediante correo electrónico citado en el antecedente 4), consulta si las empresas del rubro educacional se encuentran obligadas a implementar el Departamento de Prevención de Riesgos, contemplado en el artículo 66 inciso 4*, de la Ley N*16.744.

Al respecto cumplo con informar a Ud., en primer término, que mediante antecedentes signados con el número 3), se le solicitó y reiteró la necesidad del complemento de su consulta, con la finalidad de emitir un pronunciamiento jurídico fundado, lo que, hasta la fecha, no ha ocurrido.

De acuerdo con la doctrina institucional, contenida, entre otros pronunciamientos, en los Ordinarios N*1755 de 09.04.2015; N"661 de 19.02.2019 y

N*1402 de 08.04.2020, este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento en los términos requeridos, toda vez que, las consultas que se le formulen deben señalar en forma precisa los hechos concretos que motivan la solicitud y en la especie, se trata de una consulta genérica, sin indicar a qué tipo de empresas del rubro educacional se refiere,

En efecto, de acuerdo con la jurisprudencia administrativa citada, no corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre el particular, toda vez que para ello resulta necesario que se le informe acerca de alguna situación concreta y clara referida, que sea susceptible de ser investigada por este Servicio a través de un procedimiento de fiscalización.

En tales circunstancias, esta Dirección debe abstenerse de emitir un pronunciamiento en los términos requeridos, por cuanto, para ello sería indispensable efectuar un análisis de la situación particular.

Por consiguiente, sobre la base de la normativa citada, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones expuestas, cumplo con informar a Ud. que no corresponde que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre una situación hipotética y abstracta como la planteada, toda vez que para ello resulta necesario que se le informe acerca de alguna situación o pregunta concreta referidas a normas laborales o se salud y seguridad en el trabajo vigentes, cuyo incumplimiento sea susceptible de ser investigado por este Servicio a través de un procedimiento de fiscalización.

Saluda atentamente a Ud.,

! coced 2 EAN N OSA SANHUEZA SATA ABOGADA SA JEFA DEP RTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL:(S)= Y DIRECCIÓN DEL TRABAJO fi; 497 ES _kBPIMOP Distribución: Jurídico Partes Control 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 753, de 12 de mayo de 2022.

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