Dirección del Trabajo
Ordinario N° 819, de 20 de mayo de 2022
ORD. N°819 — ORD. N°819 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; La Dirección de
Sumario
ORD. N°819 Competencia Dirección del Trabajo; Consulta genérica; La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de una consulta genérica, si perjuicio de lo informado en el presente instrumento.
Texto del pronunciamiento
Deccónda qa Mo Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innova- ción y Estudios Laborales E. 73197 (477) 2022 Os ¡3 9 / Ñ ORDINARIO N: ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Competencia Dirección del Trabajo. Consulta genérica. RESUMEN: La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, por tratarse de una consulta genérica, sin perjuicio de lo informado en el presente instrumento ANTECEDENTES: 1) Presentación de fecha 08.04.2022 de Sr. Fernando Zubía Gaete. SANTIAGO, DE: JEFA DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA (S) 29 Mb DIRECCIÓN DEL TRABAJO ez A: SR. FERNANDO ZUBÍA GAETE
ALCÁNTARA N?*200, OFICINA 1201, COMUNA LAS CONDES
Mediante presentación de ANT. 1) Ud. ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento jurídico destinado a responder sus consultas en relación a la posi- bilidad de solicitar certificados de antecedentes comerciales a los trabajadores que tengan a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o valores de cualquier naturaleza.
Al respecto, cumplo en informar a Ud. lo siguiente:
De la sola lectura de la solicitud presentada ante esta Dirección del Trabajo, es posible advertir que la consulta que realiza es genérica, toda vez que no aporta antecedente alguno que permita aplicar a un caso concreto la norma consultada.
En consecuencia, no corresponde a este Servicio emitir un pronunciamiento en los términos requeridos debido a que, en base a abundante jurisprudencia admi- nistrativa (Ord. N*1755 de 09.05.15, Ord. N*1402 de 08.04.2020, Ord. N*3268 de 17.07.17, entre otros), se ha establecido de manera sistemática que no resulta
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jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de manera genérica acerca de materias determinadas que se consultan. :
No obstante, se informa a Ud, que el Dictamen N*3712/39, por el cual con- sulta, se encuentra vigente.
En conclusión, sobre la base de las disposiciones legales invocadas, jurisprudencia administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar que esta Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento jurídico solicitado, toda vez que se trata de una consulta genérica, sin perjuicio de lo informado en el presente instrumento,
Saluda atentamente a usted, ! o OO . QQ NATALIA POZO SANHUEZA ABOGADA JEFA DE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO Qsrrros Distribución:
- Jurídico
- Partes
- Control
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Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 819, de 20 de mayo de 2022.
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