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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 902, de 26 de febrero de 2013

ORD. N°902 — ORD. N°902 Organización Sindical; Sistema Excepcional de distribución de la jorn

Sumario

ORD. N°902 Organización Sindical; Sistema Excepcional de distribución de la jornada y descansos; Trabajadores portuarios; Se ha tomado conocimiento del fin de la existencia jurídica de la Empresa Cía. Portuaria Andalién S.A., -exempleadora de los trabajadores de que se trata-, por lo que ya no existen dependientes afectos a los turnos por lo que se consulta. En consecuencia, es dable estimar que no resulta procedente la emisión del pronunciamiento solicitado.

Texto del pronunciamiento

23% Ditección del Trabajo DEPARTAMENTO JURIDICO K14264 (2510) 2012 90 9 UiLO ORD: Ja MAT.: Informa lo que indica. ANT.: 1) Pase N%328, de 19.02.2013, de Jefa de

Gabinete de Sra. Directora del Trabajo. 2) Instrucciones de 25.01.2013, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 3) Pase N%438, de 16.01.2013, de Sra. Subdirectora del Trabajo. 4) instrucciones de 15.01.2013, de Directora del Trabajo. 5) Pase N*2180, de 06.12.2012, de Jefa de Gabinete Directora del Trabajo. 6) Presentación de 04.12.2012, de Central Unitaria de Trabajadores. 7) Memo N%132, de 25.11.2011, de Jefa de Departamento Jurídico. 8) Pase N*2182, de 11.11.2011, de Jefa de Gabinete Directora del Trabajo. 9) Ord N*2156, de 07.11.2011, de Dirección Regional del Trabajo de Bío-Bío. 10) Presentación de 12.09.2011, de Sindicato de Empresa Cía. Portuaria Andalién S.A.

SANTIAGO, 26 FEB 2013 DE : DIRECTORA DEL TRABAJO A —: DIRECTOR REGIONAL DEL TRABAJO DE BIO-BIO.

Mediante presentación citada en el antecedente 10), la organización sindical ocurrente solicita a este Servicio un pronunciamiento jurídico, a fin de determinar si la Resolución Exenta N*59, de 2001, de la Dirección del Trabajo, que regula un sistema excepcional de distribución de la jornada y descansos de los trabajadores portuarios permanentes, se encuentra vigente.

2 Al respecto, cúmpleme informar a usted que se ha tomado conocimiento del fin de la existencia jurídica de la Empresa Cía. Portuaria Andalién S.A., -exempleadora de los trabajadores de que se trata-, por lo que ya no existen dependientes afectos a los turnos por los que se consulta. En consecuencia, es dable estimar que no resulta procedente la emisión del pronunciamiento solicitado. Saluda a Ud., OS DEZ > e Ñ SS SAN, ES7 (7 Ne Ñ | sd Yo , NS AY Y Ay SSHMÁRÍA CECILIA4ÁNCHEZ TORO ABOGADA DIRECTORA DEL TRABAJO 7 MAQ/SMS/R Distribución: -Jurídica -Partes -Control

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 902, de 26 de febrero de 2013.

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