Dirección del Trabajo
Ordinario N° 755, de 18 de noviembre de 2024
ORD. N°755 — ORD. N°755 Inclusión Laboral; Personas con discapacidad y/o asignatarias de una
Sumario
ORD. N°755 Inclusión Laboral; Personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez; Remite copia del Dictamen N°1513/42, de 20.12.2023.
Texto del pronunciamiento
e dE “ Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e . Eros (TO 2002. 755 ORDINARIO N*: / Tao ACTUACIÓN: Y ga A) Remite copia del Dictamen N*1513/42, de 20.12.2023, LALA l MATERIA:
NJ Inclusión laboral de las personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez. RESUMEN: Remite copia del Dictamen N*1513/42, de 20.12.2023, ANTECEDENTES: 1) Instrucciones, de 22.10.2024 y 13.09.2023, de Jefa Departamento Jurídico (S). 2) Ordinario N*5.299, de 29.12.2022, de Superintendenta de Seguridad Social. 3) Ordinario N*1.660, de 26.09.2022, de Director del Trabajo. 4) Ordinario N*893, de 26.05.2022, de Director del Trabajo. 5) Pase N*20, de 21.03.2022, de Jefe Departamento de Inspección, de la época. 6) Presentación, de 04.03.2022, de don Gabriel Ascencio San Martín, Subgerente de Asuntos Legales-Seguridad Social de la Asociación Chilena de Seguridad.
DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) .
DIRECCIÓN DEL. TRABAJO 18:NOY 2024 A : SR, GABRIEL ASCENCIO SAN MARTÍN
SUBGERENTE DE ASUNTOS LEGALES- SEGURIDAD SOCIAL
ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD
RAMON CARNICER N*163
PROVIDENCIA - SANTIAGO
Mediante documento del Ant, 6) ha solicitado a esta Dirección la reconsideración de la doctrina contenida en el Dictamen N*2930/60, de 28.12.2021 y el Dictamen N*3376/35, de 30.12.2020, respecto a las obligaciones de los organismos administradores del seguro social contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en el marco de la inclusión laboral de las personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez.
Al respecto, adjunto remito para su conocimiento, copia del Dictamen N*1513/42, de 20.12.2023, que señala que para el cumplimiento de la obligación de reserva legal de contratación de personas con discapacidad y asignatarias de una pensión de invalidez en forma directa o a través de una medida subsidiaria, el
registro de contratos de trabajo de personas con discapacidad y el procedimiento de comunicación electrónica anual, deberá estarse a lo dispuesto en el Decreto Supremo N*64 de 20.11.2017, modificado por el Decreto Supremo N*36 de 03,11.2023, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y a lo expuesto en ./ el cuerpo de ese oficio, dejando sin efecto toda doctrina anterior de este Servicio que sea incompatible con la desarrollada en ese Dictamen. Saluda.atentamente ¿Ud GEL > 20 AJA EJES 9 » y NATALIA POZÓ SANHUEZA JEFE JO ABOGADA 7) JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICOAS) 5 DIRECCIÓN DEL TRABAJO “LL Distribución: - Jurídico - Partes - Control incluye: - Dictamen N*1513/42, de 20,12,2023
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 755, de 18 de noviembre de 2024.
Más sobre No Discriminación e Inclusión Laboral (Ley 21.015)
-
La norma aclara que la obligación de las empresas con 100 o más trabajadores de contratar al menos un 1% de personas con discapacidad o pensionadas por invalidez se mantiene aunque cambie total o parcialmente la propiedad o tenencia de la empresa, y sigue vigente para el empleador.
-
La norma aclara que la inhabilidad para contratar con el Estado por condenas por prácticas antisindicales o vulneración de derechos fundamentales del trabajador se computa desde la fecha de la sentencia condenatoria.
-
La norma explica que los empleadores no pueden pagar sueldos distintos a trabajadores que realizan igual labor, basándose en razones como género u otras discriminaciones arbitrarias, y reafirma la obligación legal de garantizar igualdad salarial.
Todos los pronunciamientos sobre No Discriminación e Inclusión Laboral (Ley 21.015)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Contrato Individual, Terminación y Finiquito¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.