Dirección del Trabajo
Ordinario N° 121, de 26 de febrero de 2025
ORD. N°121 — ORD. N°121 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Antecedentes insuficientes;
Sumario
ORD. N°121 Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Antecedentes insuficientes; Petición Genérica; No resulta procedente emitir pronunciamiento en los términos señalados por no contener peticiones concretas y precisas y no adjuntar antecedentes, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
Texto del pronunciamiento
E dura o a od al 1924 [1 so) 2024 PR : Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes . : e Informes en Derecho AÑ E90831(803)2024 12 | ORD. N% 2 ACTUACIÓN: Aplica doctrina, MATERIA: Estatuto de Salud. Petición genérica. RESUMEN: No resulta procedente emitir pronunciamiento en los términos señalados por no contener peticiones concretas y precisas y no adjuntar antecedentes, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. ANTECEDENTES: 1) Asignación de 26.04.2024, 2) Pase N*418 de 10.04.2024 de la Sra. Jefa de Gabinete del Sr. Director del Trabajo. 3) Folio E471434/2024 de 05.04.2024 de la Contraloría General de la República. 4) Presentación de 02.04.2024 de do ie] SANTIAGO, 26 FEB 202%. DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (5) DIRECCIÓN DEL TRABAJO a SGAE Mediante presentación del antecedente 4) señala Ud. ante la Contraloria General de la República que a dos trabajadoras del COSAM Til Til, a quienes no individualiza, se les renovaron sus contratos de trabajo a partir de enero de 2024 fecha desde la que han presentado licencias médicas y que probablemente se les 1
renovarán nuevamente sus contratos en circunstancias que Ud. considera que : seguirán haciendo uso de licencias médicas por lo que continuarán siendo un gasto : para la Corporación Municipal de Til Til, sin formular peticiones claras, concretas y : precisas ni adjuntar antecedentes sobre este particular. Señala también que a los funcionarios de la salud de dicha entidad rio 5e les han pagado sus remuneraciones. Ese Órgano Contralor derivó su solicitud a esta Dirección por tener competencia respecto de la entidad empleadora. Al respecto, cumplo con informar a Ud, lo siguiente: : En relación a la primera materia planteada cabe señalar que la reiterada : doctrina de esta Dirección contenida, entre otros, en Ordinarios N*5160, de 19.10.2016, N*5833, de 06.11.2018 y N*2145, de 02.09.2021, ha señalado que no : resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie a priori o de forma genérica sobre determinadas materias, sin contar con los antecedentes que . permitan circunscribir el análisis a una situación particular, como ocurre en la especie, por lo que no resulta procedente emitir un pronunciamiento en los términos expuestos dado que su presentación no contiene peticiones concretas, claras y precisas sobre lo planteado. Respecto de la segunda materia planteada, esto es, el no pago de remuneraciones a los funcionarios de salud de la referida Corporación se informa . que se remitirán los antecedentes al Departamento Inspectivo a fin de fiscalizar : dicha situación y cursar las sanciones que eventualmente pudieren ser procedentes, : - En consecuencia, en mérito de las consideraciones antes expuestas, disposiciones legales y doctrina administrativa citadas, cumplo con informar a Ud. que no resulta procedente emitir pronunciamiento en los términos señalados por no contener peticiones concretas y precisas ni adjuntar antecedentes, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. Saluda atentamente a Ud,, " — SN El EFT AE FS. IN Al Lo % Y A OZLO FBANHUEAÉS ABOGAD ES : a X- JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S) , GMS/VMSGCImsgec : : Distribución; - Jurídico - Partes - Control . 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 121, de 26 de febrero de 2025.
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