Saltar al contenido
Folium

Dirección del Trabajo

Ordinario N° 820, de 18 de diciembre de 2025

ORD.N°820 — ORD.N°820 Ley N°21.561 que reduce la jornada de trabajo; Sistemas remunerativos;

Sumario

ORD.N°820 Ley N°21.561 que reduce la jornada de trabajo; Sistemas remunerativos; Acuerdos entre las partes para implementar la rebaja; 1. Si en los hechos el empleador redujo unilateralmente la jornada laboral, sin realizar previamente un proceso de diálogo entre las partes, incurrió en una conducta contraria a la normativa que debe ser denunciada ante la Inspección del Trabajo respectiva. 2. La reducción de la jornada máxima semanal no puede representar una disminución de las remuneraciones d

Texto del pronunciamiento

ORD.N°820 Ley N°21.561 que reduce la jornada de trabajo; Sistemas remunerativos; Acuerdos entre las partes para implementar la rebaja; 1. Si en los hechos el empleador redujo unilateralmente la jornada laboral, sin realizar previamente un proceso de diálogo entre las partes, incurrió en una conducta contraria a la normativa que debe ser denunciada ante la Inspección del Trabajo respectiva.

2. La reducción de la jornada máxima semanal no puede representar una disminución de las remuneraciones de los trabajadores. Por lo tanto, las partes deberán respetar la remuneración fija que hubieren acordado y en el caso de que existan remuneraciones variables o mixtas acordadas--- en su componente variable---, los contratantes deberán pactar la adecuación del sistema remunerativo a fin de ajustarlo a la reducción horaria de manera tal que la implementación de la ley N°21.561 no provoque una disminución en las remuneraciones de los trabajadores.

3. En caso de no existir acuerdo, el empleador está obligado a mantener las remuneraciones de sus trabajadores, y, por lo tanto, si aquellos están sujetos a una remuneración exclusivamente variable, el empleador deberá ajustar en forma proporcional los parámetros que sirven de base de cálculo de tales estipendios. Por otra parte, si el dependiente ha convenido un sistema remunerativo mixto, compuesto por el sueldo fijo y remuneraciones variables, el empleador deberá mantener el monto del sueldo fijo convenido y efectuar los ajustes en la forma de computar las remuneraciones variables con la finalidad de evitar perjuicios de los dependientes.

4. La regulación legal ha creado una posibilidad cierta de acuerdo acerca de la distribución de la jornada de trabajo semanal en 4 días, oportunidad de negociación entre las partes que mantiene vigente en la actualidad, una vez cumplida alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 8° transitorio de la ley N°21.561.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 820, de 18 de diciembre de 2025.

Más sobre Límite y Reducción de Jornada (Ley 21.561)

  • 27 de octubre de 2026

    Ordinario N° 497

    La norma aclara que no se puede pactar la eliminación del descanso de colación, ni siquiera de mutuo acuerdo, porque es un derecho irrenunciable del trabajador mientras dure el contrato. Además, precisa cómo aplicar la reducción de jornada de la Ley N°21.561 sin afectar ese descanso.

  • 31 de agosto de 2026

    Ordinario N° 377

    La norma establece que la reducción de jornada laboral de la Ley Nº21.561 no aplica a los asistentes de la educación de establecimientos particulares subvencionados, quienes mantienen su régimen de jornada según el artículo 39 de la Ley.

  • 10 de agosto de 2026

    Ordinario N° 355

    La norma aclara que la regla de proporcionalidad de remuneraciones solo aplica a trabajadores con jornada parcial (30 horas o menos semanales), no a otros casos. Resuelve dudas sobre su alcance.

Todos los pronunciamientos sobre Límite y Reducción de Jornada (Ley 21.561)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Jornada, Descansos y Feriados, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Jornada, Descansos y Feriados

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium