Servicio de Impuestos Internos
Resolución N° 143, de 22 de octubre de 2026
Resolución Exenta SII N° 143 de 2026 — Materia: modifica resolución exenta sii n°160, de 12 de noviembre de 2025 y crea área que indica. Modifica resolución exenta sii n°87, de 17 de julio de 2025
Texto del pronunciamiento
SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE GE00390001 MATERIA: MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA SII N°160, DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2025 Y CREA ÁREA QUE INDICA. MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA SII N°87, DE 17 DE JULIO DE 2025. SANTIAGO, 22 DE OCTUBRE DE 2026 Hoy se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN EXENTA N° 143.- VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 3° y artículo 7°, letras c) y ñ) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del DFL N°7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Ex. SII N°87, de 2025, que Reorganiza las Unidades que Conforman el Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia de las unidades que lo conforman; la Resolución Ex. SII N°160, de 2025, que Reorganiza las Unidades que Conforman el Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, establece funciones y ámbitos de competencia; la Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y; CONSIDERANDO: 1. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, la Dirección Nacional estará constituida por las Subdirecciones Fiscalización, Jurídica y Normativa y por las Subdirecciones y Departamentos que establezca el Director con sujeción a la planta de personal del Servicio, y que una de las Subdirecciones tendrá como objeto principal desarrollar políticas y programas especiales destinados a otorgar apoyo, información y asistencia a las empresas de menor tamaño a que se refiere la ley N°20.416, y a otros contribuyentes de escaso movimiento económico, tales como los señalados en el artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con el objeto de facilitar su cumplimiento tributario. Además, una de las Subdirecciones tendrá como objeto principal la contraloría interna; 2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en las letras c) y ñ), del artículo 7° del mismo cuerpo legal, al Director le corresponde dirigir, organizar, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio, dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo, pudiendo además fijar y modificar la organización interna de las unidades del Servicio, cambiando sus dependencias, atribuciones y obligaciones; 3. Que, la Resolución Ex. SII N°87, de 2025, reorganiza las unidades que conforman el Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia de las unidades que lo conforman, dejando sin efecto las Resoluciones anteriores en esta materia. 4. Que, la Resolución Ex. SII N°160, de 2025, reorganizó las unidades que conforman el Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, estableciendo los ámbitos de competencia que les corresponderán a su Departamento y Oficinas, dejando sin efecto las Resoluciones anteriores en esta materia. 5. Que, es necesario reforzar la Oficina de Canales Digitales y la gestión de la experiencia de los contribuyentes, a través de la optimización del diseño y gestión de productos digitales. RESUELVO: PRIMERO: Reemplácese la letra i), del resolutivo SEGUNDO de la Resolución Exenta SII N°87, de 2025, que reorganiza las unidades que conforman el Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia de las unidades que lo conforman, por lo siguiente: “i) Ejercer las funciones que se le encomienden para el cumplimiento de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública.” SEGUNDO: Reemplácese la letra a), del resolutivo OCTAVO de la Resolución Exenta SII N°87, de 2025, ya mencionada, por lo siguiente:
“a) Planificar, diseñar, controlar, implementar y evaluar los productos, procedimientos y estrategias necesarias para el cumplimiento de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública.” TERCERO: Elimínese la letra f), del resolutivo OCTAVO de la Resolución Exenta SII N°87, de 2025. CUARTO: Modifícase el resolutivo SEGUNDO de la Resolución Exenta SII N°160, de 2025, relativo a las atribuciones, responsabilidades y obligaciones del Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, en el sentido de incorporar un nuevo numeral 16), pasando el actual numeral 16) a ser 17), de la siguiente forma: “16) Ejercer las funciones que se le encomienden para el cumplimiento de la Ley N°20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios. 17) Otras funciones que la Dirección del SII estime de competencia o encomiende en forma particular a esta Subdirección, operando en acuerdo a la normativa vigente.” QUINTO: Reemplácese el resolutivo SEXTO de la Resolución Exenta SII N°160, de 2025, relativo a las funciones de la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos, por el siguiente: “A la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos, le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Definir, diseñar, actualizar, implementar, coordinar y supervisar actividades de habilitación tributaria dirigidas a contribuyentes, representantes, mandatarios y ciudadanía, en coordinación con otras áreas del Servicio y organismos públicos, cuando corresponda. 2) Definir, diseñar, actualizar, implementar, coordinar y supervisar actividades de educación fiscal y tributaria dirigidas a contribuyentes, representantes, mandatarios, estudiantes de enseñanza básica, media y superior, y otros actores relevantes, en coordinación con otras áreas del Servicio y organismos públicos, cuando corresponda. 3) Detectar necesidades de educación y/o habilitación tributaria provenientes de cualquier unidad del Servicio o de los propios contribuyentes, generando ofertas educativas que faciliten el cumplimiento tributario mediante productos acorde a la necesidad (cursos en línea, charlas, conversatorios, u otras intervenciones) en conjunto con el Departamento de Formación de la Subdirección de Desarrollo de Personas, según corresponda. 4) Generar alianzas estratégicas con organismos del Estado, organizaciones de la sociedad civil y entidades privadas, para diversificar y ampliar la cobertura de la educación y habilitación tributaria, coordinando acciones con las áreas del Servicio que correspondan. 5) Promover la cultura tributaria en la ciudadanía, fortaleciendo el cumplimiento voluntario a partir del conocimiento, percepción y comprensión del rol de la administración tributaria y su impacto en el desarrollo del país. 6) Identificar, elaborar, gestionar y actualizar los contenidos e información de ayuda necesarios para facilitar e informar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, asegurando la inclusión y uso de lenguaje claro en todos los contenidos e información generada por el área. Para ello deberá coordinar con otras áreas del Servicio la elaboración, publicación y actualización de los contenidos asociados a normativas, instrucciones, trámites, consultas, aplicaciones web o acciones. 7) Seleccionar el medio más adecuado a utilizar en comunicaciones masivas, sea correos electrónicos, WhatsApp y SMS institucionales, entre otros, de acuerdo con el segmento objetivo, para mejorar el entendimiento de los temas impositivos y uniformando las comunicaciones, en forma y contenido, que cada área de negocio realiza. Lo anterior, en permanente coordinación con las distintas Subdirecciones. 8) Reportar mensualmente el estado de cumplimiento de las obligaciones de la Ley N°20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las autoridades y funcionarios”. 9) Ejecutar otras actividades que determine quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, como competencia de esta unidad. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos estará constituida por la siguiente Área: - Área de Habilitación y Cultura Tributaria.”
SEXTO: Reemplácese el resolutivo SEPTIMO de la Resolución Exenta SII N°160, de 2025, relativo a las funciones de la Oficina de Canales Digitales, por el siguiente: “A la Oficina de Canales Digitales le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Administrar, proponer y gestionar la implementación del diseño y la estructura del sitio web institucional del Servicio y sus contenidos. 2) Velar por el cumplimiento de los estándares de experiencia e interfaz de usuario (UX/UI), con el fin de facilitar y simplificar la autoatención de los contribuyentes, certificando el cumplimiento de dichos estándares en las aplicaciones web y páginas estáticas. 3) Velar por la correcta publicación de contenidos y archivos en el sitio web de Internet del SII, así como por su permanente actualización con el apoyo de las distintas áreas de negocio. 4) Investigar, evaluar, proponer y promover nuevos medios de autoatención a través de los canales digitales, velando porque se cumplan todos los estándares UX definidos para ellos, de tal forma que se conviertan en canales de autoatención intuitivos, efectivos y eficaces. 5) Medir y evaluar en forma periódica con contribuyentes y usuarios, los principales aplicativos o páginas informativas para proponer ajustes y mejoras, así como también la medición del ISN institucional y de sus distintos canales de atención. 6) Apoyo metodológico en el Diseño de Servicios y Mediciones para productos de uso de contribuyentes. 7) Administrar y emitir las instrucciones cuando corresponda, de los sistemas de Clave Tributaria, MiSII, Carpeta Tributaria, Situación Tributaria de Terceros, Buscador, Sistemas de Encuestas, entre otros. 8) Gestionar la vigilancia y protección de nombres de dominios y marcas registradas del SII para evitar un uso indebido por parte de terceros. 9) Diseñar e implementar acciones de apoyo y complemento a la comunicación, información y difusión masiva orientadas a contribuir a la asistencia de contribuyentes, reforzando la entrega de mensajes que permitan facilitar el cumplimiento tributario a través del diseño y elaboración de contenidos digitales para sii.cl. 10) Ejecutar otras actividades que el Subdirector de Asistencia al Contribuyente estime de competencia de esta Oficina. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Canales Digitales estará constituida por la siguiente Área: - Área de Diseño y Gestión de Productos Digitales.” SÉPTIMO: La creación del Área de Diseño y Gestión de Productos Digitales, al interior de la Oficina de Canales Digitales no implica cambios en la dotación de esta Subdirección. La jefatura del área que se crea será provista mediante el procedimiento establecido en la Resolución Exenta N°2.519, de junio de 2016, sobre “Normas sobre Jefaturas de Cuarto Nivel Jerárquico y Jefaturas de Oficina del Servicio de Impuestos Internos”. OCTAVO: A contar de la fecha de vigencia de la presente resolución, las instrucciones que en esta se contienen priman sobre toda norma que pugne con sus disposiciones. NOVENO: La presente resolución regirá a contar de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL (FDO.) JORGE TRUJILLO PUENTES DIRECTOR CST/AVB CDR/PAM BOB Distribución: Internet Diario Oficial (en Extracto)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 143, de 22 de octubre de 2026.
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