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Servicio de Impuestos Internos

Resolución N° 160, de 12 de noviembre de 2025

Resolución Exenta SII N° 160 de 2025 — Reorganiza las unidades que conforman el departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente y establece sus ámbitos de competencia. Deja sin efecto la Reso

Texto del pronunciamiento

SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE GE00347254 MATERIA: REORGANIZA LAS UNIDADES QUE CONFORMAN EL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE Y ESTABLECE SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA. DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 128 DE 2024. SANTIAGO, 12 DE NOVIEMBRE DE 2025 RESOLUCIÓN EXENTA N°160.- VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 3° y artículo 7°, letras c) y ñ) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del DFL N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto Exento (Por orden del Presidente de la República) RA N°289/323/2024, de fecha 04/07/2024 del Ministerio de Hacienda, que nombra subrogante en el cargo de Director del Servicio de Impuestos Internos a Carolina Saravia Morales; la Resolución Ex. SII N°128, de 2024, que Reorganiza las Unidades que Conforman el Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, establece funciones y ámbito de competencia, de la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos; la Resolución N°36, de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de las materias de personal, y; CONSIDERANDO: 1. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, la Dirección Nacional estará constituida por las Subdirecciones Fiscalización, Jurídica y Normativa y por las Subdirecciones y Departamentos que establezca el Director con sujeción a la planta de personal del Servicio, y que una de las Subdirecciones tendrá como objeto principal desarrollar políticas y programas especiales destinados a otorgar apoyo, información y asistencia a las empresas de menor tamaño a que se refiere la ley N°20.416, y a otros contribuyentes de escaso movimiento económico, tales como los señalados en el artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con el objeto de facilitar su cumplimiento tributario. Además, una de las Subdirecciones tendrá como objeto principal la contraloría interna; 2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en las letras c) y ñ), del artículo 7° del mismo cuerpo legal, al Director le corresponde dirigir, organizar, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio, dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo, pudiendo además fijar y modificar la organización interna de las unidades del Servicio, cambiando sus dependencias, atribuciones y obligaciones; 3. Que, la Resolución Ex. SII N° 128, del 26 de diciembre de 2024, reorganizó las unidades que conforman el Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, fijando las atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones que les corresponderán a su Departamento y Oficinas, dejando sin efecto las Resoluciones anteriores en esta materia. 4. Que, es necesario modificar la actual estructura del Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente a fin de adaptarse de mejor modo al Modelo de Atención y Asistencia al Contribuyente y a las nuevas políticas de este Servicio respecto a la Gestión de la Experiencia de los Contribuyentes, relevando y potenciando la relación con los contribuyentes a través de los canales digitales con que cuenta el Servicio, fortaleciendo las acciones de capacitación y habilitación, y potenciando la creación, actualización y gestión de contenidos.

RESUELVO: PRIMERO: Fíjese la estructura del Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente como se indica a continuación: - Departamento de Registro y Actualización de Contribuyentes. - Oficina de Documentos Tributarios Electrónicos. - Oficina de Operaciones de Asistencia. - Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos. - Oficina de Canales Digitales. - Oficina de Asistencia al Contribuyente. SEGUNDO: Al Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, le corresponderán las siguientes atribuciones, responsabilidades y obligaciones: 1) Desarrollar políticas y programas especiales destinados a otorgar apoyo, información y asistencia a los contribuyentes, con el objeto de facilitar su cumplimiento en todo su ciclo de vida tributario. 2) Proponer, a la Dirección del SII, el diseño, mejoras y reemplazos de modelos de asistencia, que incorporen la visión de experiencia que el Servicio de Impuestos Internos busca entregar a los contribuyentes, para asegurar el cumplimiento y atención de las obligaciones tributarias, de modo de disminuir el costo de cumplimiento de los contribuyentes. 3) Coordinar con las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes la implementación de tales modelos. 4) Recabar, proveer y analizar los datos y la información relacionada con la satisfacción y experiencia de los contribuyentes en sus trámites o diversos quehaceres en este Servicio, con el fin de ir creando, adaptando y formalizando las políticas respectivas y gestionando la mejora continua de los servicios. 5) Proponer, a la Dirección del SII el diseño, mejoras y reemplazos de los sistemas, operaciones y aplicaciones relacionados con los modelos de control preventivos del cumplimiento tributario, atención y asistencia, a través de los cuales interactúan funcionarios del Servicio y contribuyentes. 6) Preparar, proponer y responder, a requerimiento del Director/a, respuestas a las consultas de los contribuyentes, relacionadas con los procesos, sistemas, operaciones y aplicaciones vinculadas con las materias de cumplimiento tributario y asistencia al contribuyente. 7) Coordinar y distribuir entre las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes en su caso, las funciones y cargas de trabajo derivadas de las operaciones, sistemas y aplicaciones de su competencia. 8) Mantener un registro actualizado, confiable y certero de la información y caracterización de los contribuyentes, provenientes de los sistemas, operaciones y aplicaciones con el objeto de optimizar su situación. 9) Controlar y revisar permanentemente la operatividad de las aplicaciones informáticas internas en que la Subdirección ejecute sus funciones a efectos de proponer actualizaciones o mejoras a la Subdirección de Tecnologías de la Información, velando por la eficiencia en los procesos internos. 10) Controlar y revisar permanentemente la operatividad y facilidad para el usuario de las aplicaciones informáticas que ejecuten los sistemas, operaciones y aplicaciones a efectos de solicitar actualizaciones o mejoras a la Subdirección de Tecnologías de la Información que faciliten el trabajo regional y de los contribuyentes, buscando mejorar la calidad de atención. 11) Proponer normas e instrucciones para el uso de sistemas mecánicos, electrónicos o computacionales, relacionados con la forma de cumplir las obligaciones tributarias de los contribuyentes. 12) Definir y gestionar los canales de atención y asistencia que el Servicio provee a los contribuyentes, para la atención presencial y a distancia, así como para la autoatención. 13) Llevar a cabo acciones de capacitación destinadas a los contribuyentes, sus representantes y a sus colaboradores o intermediarios tributarios en materias de tributación

fiscal interna y difusión del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como del fomento de la cultura tributaria. 14) Controlar las políticas y procedimientos implementados por la Institución para el correcto cumplimiento de los derechos del contribuyente, específicamente los relacionados con la calidad de atención y asistencia al contribuyente en sus actuaciones ante el Servicio. 15) Proponer, en la oportunidad que la Dirección del SII disponga, el presupuesto anual para la Subdirección y la ejecución del mismo. 16) Otras funciones que la Dirección del SII estime de competencia o encomiende en forma particular a esta Subdirección, operando en acuerdo a la normativa vigente. TERCERO: Al Departamento de Registro y Actualización de Contribuyentes, sucesor del Departamento de Ciclo de Vida, le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Fomentar la formalización de los contribuyentes mediante el diseño, implementación y mejora continua de procesos asociados al Inicio de Actividades, promoviendo el acceso oportuno, claro y eficiente a los servicios que permiten el cumplimiento de esta obligación tributaria señalada en el Código Tributario, en coordinación con organismos públicos y privados. 2) Diseñar, gestionar y administrar, las instrucciones, aplicaciones y operaciones de los Sistemas de Registro de Contribuyentes en todo su ciclo de vida, en específico, Obtención de Rut, Inicio de Actividades, Actualización de Información y Término de Giro; además de su implementación y supervisión en las Direcciones Regionales y en la Dirección de Grandes Contribuyentes. 3) Gestionar y coordinar con otras Subdirecciones, así como también con otros servicios públicos, los procesos relacionados con la información contenida en el Registro de Contribuyentes. 4) Diseñar y rediseñar los servicios y productos actuales y futuros del Inicio de Actividades y las obligaciones accesorias del contribuyente, orientados por las necesidades usuarias, los objetivos del Servicio y su factibilidad técnica, de modo que faciliten el cumplimiento tributario y mejoren el cumplimiento voluntario. 5) Detectar brechas y riesgos para el correcto cumplimiento tributario de las obligaciones descritas, y proponer, desarrollar, gestionar y supervisar controles, en constante coordinación con las distintas áreas del Servicio, especialmente con las Direcciones Regionales y la Dirección de Grandes Contribuyentes. 6) Implementar y gestionar herramientas y procedimientos de análisis masivo de información, para analizar contribuyentes, características y comportamientos que permitan detectar brechas y fraudes tributarios en los sistemas. 7) Ejecutar periódicamente el término de giro por resolución de aquellos contribuyentes que presentan inactividad, de acuerdo con lo señalado en el artículo 69 del Código Tributario. 8) Capacitar y apoyar técnicamente a las Direcciones Regionales y otras unidades del Servicio en materias relacionadas con el ciclo de vida del contribuyente. 9) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, de competencia de este Departamento. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, el Departamento de Registro y Actualización de Contribuyentes estará constituido por las siguientes Áreas: - Área de Registro y Actualización de Contribuyentes (sucesora del área de Rut, Inicio y Actualización de Contribuyentes). - Área de Reorganización y Término de Giro (sucesora del área de Peticiones Administrativas y Caracterización de Contribuyentes). - Área de Análisis del Registro de Contribuyentes (Sucesora del área de Control de Gestión y Proyectos).

CUARTO: A la Oficina de Documentos Tributarios Electrónicos le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Diseñar, implementar y mantener las instrucciones y lineamientos técnicos que permiten la autorización, emisión, recepción, validación y almacenamiento de Documentos Tributarios Electrónicos, asegurando su disponibilidad, integridad y trazabilidad, en conjunto con la Subdirección de Tecnologías de la Información. 2) Establecer lineamientos técnicos y normativos para la correcta emisión y uso de los DTE, conforme a la normativa tributaria vigente y supervisar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los DTE por parte de los contribuyentes y empresas proveedoras de dichos servicios, proponiendo medidas de mejora o ajustes normativos cuando corresponda. 3) Monitorear en forma continua la emisión de DTE, incluyendo la verificación de actividades, la autorización de los primeros documentos tributarios electrónicos, los patrones de comportamiento, desviaciones y posibles inconsistencias que puedan afectar el cumplimiento tributario. 4) Desarrollar y aplicar modelos de análisis masivo de datos para detectar conductas atípicas, simulaciones de operaciones o esquemas de fraude asociados a la verificación de actividades, emisión de DTE, e implementar los controles para evitar potenciales fraudes tributarios. 5) Coordinar acciones preventivas y correctivas con otras áreas del Servicio, especialmente con las Direcciones Regionales y la Dirección de Grandes Contribuyentes, frente a hallazgos derivados del monitoreo y análisis de los DTE. 6) Capacitar y apoyar técnicamente a las Direcciones Regionales y otras unidades del Servicio en materias relacionadas con los Documentos Tributarios Electrónicos. 7) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, como competencia de esta unidad. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Documentos Tributarios Electrónicos estará constituida por las siguientes Áreas: - Área de Sistemas y Operaciones de Documentos Tributarios Electrónicos (sucesora del área de Documentos Tributarios Electrónicos). - Área de Análisis de Documentos Tributarios Electrónicos. QUINTO: A la Oficina de Operaciones de Asistencia, sucesora de la Oficina de Operaciones, le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Gestionar los proyectos transversales que impacten en los procesos de la Subdirección, coordinando con los distintos responsables de negocio o proceso; definir y planificar la ejecución de estas iniciativas transversales, supervisando los avances, riesgos y cumplimiento. 2) Mantener las mejoras funcionales que se requieran como resultado de estos proyectos transversales, generando una adecuada coordinación con los otros negocios de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente y la Subdirección de Tecnologías de la Información. 3) Administrar los procesos asociados a la caracterización de los contribuyentes y su ejecución mediante anotaciones, observaciones y atributos; así como a la asignación y modificación del régimen tributario de los contribuyentes. 4) Administrar los procesos y emitir las instrucciones relacionadas a los sistemas transversales de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente como las peticiones administrativas, gestor de trámites, mandatarios digitales, bitácora del contribuyente, certificados internacionales, entre otros. 5) Gestionar, a partir del procesamiento de información relevante, oportunidades de mejora o necesidades de capacitación. 6) Capacitar y apoyar técnicamente a los equipos regionales y de la Dirección de Grandes Contribuyentes en el uso de los sistemas y procedimientos asociados a las Peticiones

Administrativas y aplicaciones transversales que administre u otros sistemas que deba prestar apoyo en la gestión, asegurando una aplicación homogénea de los criterios institucionales. 7) Gestionar integralmente el proceso asociado a la entrega de datos y estadísticas tributarias ante requerimientos de agentes externos nacionales, incluyendo la coordinación institucional con los Departamentos Subdirecciones que correspondan, para su elaboración y procesamiento como también la definición de protocolos, convenios y normas necesarios para regular dicho proceso. 8) Evaluar y proponer mejoras en procesos de entrega de información, considerando experiencia usuaria, integrando al resto de la organización para definir la pertinencia del intercambio de información. 9) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, como competencia de esta unidad. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Operaciones de Asistencia estará constituida por las siguientes Áreas: - Área de Procesos Transversales. - Área de Proyectos Transversales. - Área de Intercambio de Información Tributaria. SEXTO: A la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos, sucesora de la Oficina de Contenidos y Gestión, le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Diseñar, actualizar, implementar, coordinar y supervisar actividades de habilitación tributaria dirigidas a contribuyentes, representantes, mandatarios y ciudadanía, en coordinación con otras áreas del Servicio y organismos públicos, cuando corresponda. 2) Diseñar, actualizar, implementar, coordinar y supervisar actividades de educación fiscal y tributaria dirigidas a contribuyentes, representantes, mandatarios, estudiantes de enseñanza básica, media y superior, y otros actores relevantes, en coordinación con otras áreas del Servicio y organismos públicos, cuando corresponda. 3) Detectar necesidades de educación y/o habilitación tributaria provenientes de cualquier unidad del Servicio o de los propios contribuyentes, generando ofertas educativas que faciliten el cumplimiento tributario mediante productos acorde a la necesidad (cursos, charlas, conversatorios, u otras intervenciones). 4) Generar alianzas estratégicas con organismos del Estado, organizaciones de la sociedad civil y entidades privadas, para diversificar y ampliar la cobertura de la educación y habilitación tributaria, coordinando acciones con las áreas del Servicio que correspondan. 5) Promover la cultura tributaria en la ciudadanía, fortaleciendo el cumplimiento voluntario a partir del conocimiento, percepción y comprensión del rol de la administración tributaria y su impacto en el desarrollo del país. 6) Identificar, elaborar, gestionar y actualizar los contenidos e información de ayuda necesarios para facilitar e informar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Para ello deberá coordinar con otras áreas del Servicio la elaboración, publicación y actualización de los contenidos asociados a normativas, instrucciones, trámites, consultas, aplicaciones web o acciones. 7) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, como competencia de esta unidad. Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos estará constituida por las siguientes Áreas: - Área de Habilitación y Cultura Tributaria. - Área de Gestión de Contenidos (sucesora del área de Experiencia y Diseño de Servicios).

SÉPTIMO: A la Oficina de Canales Digitales le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Diseñar, implementar, cuando corresponda, y supervisar estrategias y modelos de autoatención digital orientado a contribuyentes, aplicables a los distintos canales digitales del Servicio, incluyendo el sitio web institucional. 2) Administrar, proponer y gestionar la implementación del diseño y la estructura del sitio web institucional del Servicio, velando por el cumplimiento de los estándares de experiencia e interfaz de usuario (UX/UI), con el fin de facilitar y simplificar la autoatención de los contribuyentes, certificando el cumplimiento de dichos estándares en las aplicaciones web y páginas estáticas. 3) Categorizar y organizar los contenidos digitales con el fin de facilitar el cumplimiento tributario del contribuyente, velando por la correcta publicación de contenidos y archivos en el sitio web de Internet del SII, así como por su permanente actualización. 4) Diseñar y ejecutar planes de mantención y mejora continua post lanzamiento de nuevas aplicaciones, utilizando como insumo mediciones de evaluación de la satisfacción y utilidad de las aplicaciones destinadas a los contribuyentes a través de los distintos canales digitales. 5) Investigar, evaluar, proponer y promover nuevos medios de autoatención a través de canales digitales, velando porque se cumplan todos los estándares UX definidos para ellos, de tal forma que se conviertan en canales de autoatención intuitivos, efectivos y eficaces. 6) Administrar y emitir las instrucciones cuando corresponda, de los sistemas de Clave Tributaria, MiSII, Carpeta Tributaria, Situación Tributaria de Terceros, Buscador, Sistemas de Encuestas, entre otros. 7) Administrar las marcas y dominios del Servicio de Impuestos Internos, así como gestionar el monitoreo de su correcto uso por parte de terceros. 8) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, de competencia de esta Unidad. OCTAVO: A la Oficina de Asistencia al Contribuyente, sucesora de la Oficina de Atención de Contribuyentes, le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 1) Diseñar, implementar y supervisar estrategias y modelos de atención integral al contribuyente velando por la experiencia usuaria, tanto para la atención presencial como a distancia, para su aplicación en todos los puntos de atención de contribuyentes. 2) Coordinar y supervisar, en conjunto con las Direcciones Regionales y las Subdirecciones correspondientes, la implementación de políticas, procedimientos, sistemas y actividades relacionadas con la atención y asistencia a los contribuyentes en los distintos puntos de contacto del Servicio. 3) Atender y responder consultas de contribuyentes a través de canales no presenciales, en materias de cumplimiento tributario y asistencia, asegurando un lenguaje claro y orientador, en coordinación con las áreas técnicas del Servicio. 4) Diseñar, implementar y controlar un mecanismo centralizado de gestión de felicitaciones, sugerencias y reclamos, con el fin de identificar oportunidades de mejora y canalizar acciones correctivas con las áreas de negocio y Direcciones Regionales, asegurando estándares de calidad y niveles de servicio. 5) Gestionar la atención de consultas a través de proveedores externos de asistencia remota, velando por el cumplimiento permanente de los estándares de calidad establecidos. 6) Ejecutar otras actividades que determine, quien ejerza el cargo de Subdirector/a de Asistencia al Contribuyente, dentro de sus atribuciones y facultades, de competencia de esta Unidad.

Para hacer efectiva la implementación de estas funciones, la Oficina de Asistencia al Contribuyente estará constituida por las siguientes Áreas: - Área de Asistencia a Distancia (sucesora del área de Atención a Distancia). - Área de Asistencia Presencial (sucesora del área de Atención Presencial). NOVENO: Corresponderá a quien ejerza el cargo de Subdirector/a del Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente implementar y supervisar las medidas que procedan tendientes a organizar la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, de acuerdo con las atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones que esta Resolución otorga al Departamento y Oficinas bajo su dependencia. DÉCIMO: La creación de nuevas Oficinas o Áreas al interior de esta Subdirección no implica cambios en su dotación. DÉCIMOPRIMERO: Las jefaturas de las Oficinas o Áreas que se crean, serán provistas mediante el procedimiento establecido en la Resolución Exenta N° 2.519, de junio de 2016, “Normas sobre Jefaturas de Cuarto Nivel Jerárquico y Jefaturas de Oficina del Servicio de Impuestos Internos”; asimismo, las jefaturas en actual ejercicio de las Oficinas o Áreas que cambian o conservan su denominación mantendrán su vigencia hasta completar su período de nombramiento. DÉCIMOSEGUNDO: La Asignación de Supervisión asociada al ejercicio del cargo, tanto para las jefaturas vigentes como para las jefaturas de Oficinas o áreas que se crean, se otorgarán sólo y mientras se cumplan los requisitos de dotación para percibirla, así como los demás requisitos definidos en la Resolución Exenta SII N°2.519 de junio de 2016. DÉCIMOTERCERO: A contar de la fecha de vigencia de la presente resolución, las instrucciones que en ella se contienen priman sobre toda norma que pugne con sus disposiciones. DÉCIMOCUARTO: La presente resolución regirá a contar de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial y a partir de esa fecha deja sin efecto la Resolución Exenta SII N°128 de 2024. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL DIRECTORA (S) PMR/AVB Distribución: − Internet − Diario Oficial en extracto

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 160, de 12 de noviembre de 2025.

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