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Servicio de Impuestos Internos

Resolución N° 25, de 21 de febrero de 2025

Resolución Exenta SII N° 25 de 2025 — DEFINE ORGANIGRAMA DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.

Texto del pronunciamiento

DIRECCIÓN NACIONAL GE00314008 DEFINE ORGANIGRAMA DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. SANTIAGO, 21 DE FEBRERO DE 2025. RESOLUCIÓN EXENTA SII N°25.- VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N°18.575 de 1986, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°20.285, de 2008, sobre acceso a la información pública; en el Decreto con Fuerza de Ley N°7,, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; en el Decreto Ley N°830 de 1974, que aprueba texto del Código Tributario y en el Decreto con Fuerza de Ley N°1 , de 2016, que fija planta de personal del Servicio de Impuestos Internos, todos del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto en las Resoluciones N°349 de 1984; N°379 de 1991, N°7.590 de 1999 y sus posteriores modificaciones; todas ellas del Director del Servicio de Impuestos Internos; y lo instruido en la Resolución N°6, de 2019, de la Contraloría General de la República: y, CONSIDERANDO: 1° Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio, le corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente; 2° Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, este Servicio depende del Ministerio de Hacienda y está constituido por la Dirección Nacional y su Dirección de Grandes Contribuyentes, ambas con sede en la capital de la República, y por las Direcciones Regionales.; 3° Que, de acuerdo con lo prescrito en las letras c) y ñ), del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, al Director le corresponde organizar, dirigir, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio, dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo, pudiendo también fijar y modificar la organización interna de las unidades del Servicio, asignándoles el personal necesario, fijarles y modificarles sus sedes, jurisdicciones territoriales y sus dependencias, y sus atribuciones y obligaciones, sin que el ejercicio de esta facultad pueda originar modificaciones de la Planta y estructura del Servicio; 4° Que, desde su constitución, se han dictado distintas resoluciones que modifican las estructura y organización de las unidades que conforman el Servicio de Impuestos Internos, con el objetivo de responder de la forma más eficaz y eficiente a las necesidades de los contribuyentes y de la institución.

5° Que, de acuerdo con lo descrito en las letras a) y b) del Artículo 7°, de la Ley N°20.285 sobre acceso a la información pública, los órganos de la Administración del Estado señalados en el artículo 2°, deberán mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, información actualizada al menos una vez al mes de a) su estructura orgánica y de b) Las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos. RESUELVO: 1° FÍJASE el organigrama funcional del Servicio de Impuestos Internos para su Dirección Nacional, Dirección de Grandes Contribuyentes y Direcciones Regionales, de acuerdo con la estructura orgánica y sujeción a la planta vigente. Dirección Nacional y Dirección de Grandes Contribuyentes: SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN SUBDIRECCIÓN JURÍDICA SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE SUBDIRECCIÓN DE AVALUACIONES SUBDIRECCIÓN NORMATIVA GABINETE SUBDIRECCIÓN DE DIRECTOR ADMINISTRACIÓN OFICINA DE CRIMEN ORGANIZADO SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO DE PERSONAS SUBDIRECCIÓN CONTRALORÍA INTERNA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN ESTRATÉGICA Y ESTUDIOS TRIBUTARIOS SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Direcciones Regionales: DIRECCIÓN REGIONAL ARICA DIRECCIÓN REGIONAL IQUIQUE DIRECCIÓN REGIONAL ANTOFAGASTA DIRECCIÓN REGIONAL COPIAPÓ DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA DIRECCIÓN REGIONAL VALPARAÍSO DIRECCIÓN REGIONAL RANCAGUA DIRECCIÓN REGIONAL TALCA DIRECCIÓN REGIONAL CHILLÁN DIRECCIÓN REGIONAL CONCEPCIÓN DIRECTOR DIRECCIÓN REGIONAL TEMUCO DIRECCIÓN REGIONAL VALDIVIA DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT DIRECCIÓN REGIONAL COYHAIQUE DIRECCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO CENTRO DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO PONIENTE DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR

2° PÚBLIQUESE Y MANTÉNGASE ACTUALIZADO este organigrama, junto con las distintas resoluciones que formalizan, definen o actualizan, la estructura de cada una de sus unidades y funciones, en la página web del Servicio de Impuestos Internos, secciones “Sobre el SII” y “Portal de Transparencia del SII”. 3° La Subdirección de Desarrollo de Personas, en coordinación con el Área de Transparencia y Acceso a la Información, de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, serán los responsables de mantener actualizada esta información en la página web del Servicio de impuestos Internos. 4° La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL. DIRECTOR CDR/CAL Distribución: - Internet - Diario Oficial, en extracto

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 25, de 21 de febrero de 2025.

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