Competencia del juez de la medida prejudicial para conocer el juicio de dominio
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 14755-2020 · 11 de enero de 2021
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 14755-2020
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Acogida casación fondo, anulada sentencia de
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 14755-2020 (11 de enero de 2021), acoge la casación de fondo del demandante: según el artículo 178 del Código Orgánico de Tribunales, el juez de la medida prejudicial conserva la competencia, aunque no se notificara antes a los demandados.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] el tribunal que conoció de la gestión preparatoria, conserva competencia para conocer y fallar el juicio posterior iniciado con el mérito de ella, sin necesidad de nuevo trámite, más que la presentación de la demanda pertinente, sin que la ley establezca como exigencia para dar aplicación a la referida regla que la medida hubiere sido puesta en conocimiento de los futuros demandados […]»
Corte Suprema, Rol 14755-2020 «[…] el tribunal que conoció de la gestión preparatoria, conserva competencia para conocer y fallar el juicio posterior iniciado con el mérito de ella, sin necesidad de nuevo trámite, más que la presentación de la demanda pertinente, sin que la ley establezca como exigencia para dar aplicación a la referida regla que la medida hubiere sido puesta en conocimiento de los futuros demandados […]» (Corte Suprema, Rol 14755-2020). «[…] el tribunal que conoció de la gestión preparatoria, conserva competencia para conocer y fallar el juicio posterior iniciado con el mérito de ella, sin necesidad de nuevo trámite, más que la presentación de la demanda pertinente, sin que la ley establezca como exigencia para dar aplicación a la referida regla que la medida hubiere sido puesta en conocimiento de los futuros demandados […]» (Corte Suprema, Rol 14755-2020). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/14755-2020-del-11-01-2021#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 768 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 785 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 170 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 766 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil