Mayor precio del nuevo contrato para terminar una obra pública cobrado al contratista
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 17797-2024 · 16 de enero de 2026
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 17797-2024
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casación en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 17797-2024 (16 de enero de 2026), rechaza con costas la casación de la demandante: pide revalorar la pericia sin precisar qué regla de la sana crítica se vulneró, y el artículo 152 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas permite ese cobro.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] estableciendo, precisamente, este último en el ya citado artículo 152 que, producido el término anticipado del contrato de ejecución de obra pública, entre los efectos que acarrea el mismo está el mayor precio que puede importar la terminación de la obra por un tercero, cuyos costos son imputables al contratista, para los que pueden servir las garantías otorgadas que, con tal fin deberán mantenerse y retenerse al momento de producirse el termino anticipado del contrato […]»
Corte Suprema, Rol 17797-2024 «[…] estableciendo, precisamente, este último en el ya citado artículo 152 que, producido el término anticipado del contrato de ejecución de obra pública, entre los efectos que acarrea el mismo está el mayor precio que puede importar la terminación de la obra por un tercero, cuyos costos son imputables al contratista, para los que pueden servir las garantías otorgadas que, con tal fin deberán mantenerse y retenerse al momento de producirse el termino anticipado del contrato […]» (Corte Suprema, Rol 17797-2024). «[…] estableciendo, precisamente, este último en el ya citado artículo 152 que, producido el término anticipado del contrato de ejecución de obra pública, entre los efectos que acarrea el mismo está el mayor precio que puede importar la terminación de la obra por un tercero, cuyos costos son imputables al contratista, para los que pueden servir las garantías otorgadas que, con tal fin deberán mantenerse y retenerse al momento de producirse el termino anticipado del contrato […]» (Corte Suprema, Rol 17797-2024). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/17797-2024-del-16-01-2026#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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- Art. 767 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 764 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 768 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 765 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 766 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 805 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 1546 · Código Civil
- Art. 425 · Código de Procedimiento Civil