Tercería de pago acogida: el producto del remate se reparte a prorrata entre acreedores
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 241733-2023 · 7 de noviembre de 2024
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 241733-2023
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Sentencia de reemplazo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 241733-2023 (7 de noviembre de 2024), dicta sentencia de reemplazo: declara que el producto de los bienes subastados se distribuirá a prorrata de los créditos de la tercerista y del ejecutante, conforme al artículo 527 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] En consecuencia, acogida la tercería de pago, corresponde que el producto de la subasta de los bienes embargados sea distribuido a prorrata de los créditos ejecutivos hechos valer.»
Corte Suprema, Rol 241733-2023 «[…] En consecuencia, acogida la tercería de pago, corresponde que el producto de la subasta de los bienes embargados sea distribuido a prorrata de los créditos ejecutivos hechos valer.» (Corte Suprema, Rol 241733-2023). «[…] En consecuencia, acogida la tercería de pago, corresponde que el producto de la subasta de los bienes embargados sea distribuido a prorrata de los créditos ejecutivos hechos valer.» (Corte Suprema, Rol 241733-2023). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/241733-2023-del-07-11-2024#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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