Arrendataria que terminó el arriendo porque la zonificación del inmueble impedía su giro
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 59593-2024 · 20 de mayo de 2026
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 59593-2024
- Fecha
- Recurso
- Casación forma y fondo (civil)
- Resultado
- Sentencia de reemplazo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 59593-2024 (20 de mayo de 2026), invalida de oficio el fallo de la Corte de Santiago, que descartó el término por ser conocido el defecto del inmueble sin abordar el artículo 1932 del Código Civil, para el cual eso es irrelevante.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Como se observa, incluso el conocimiento que el arrendador posea sobre el estado de la cosa es indiferente para el ejercicio del derecho, circunstancia que se refleja con toda claridad de la lectura de los artículos que le siguen, en los que queda en evidencia que haber sabido del vicio o no haberlo podido menos que saber debido a su entidad, únicamente incide en los posibles reembolsos e indemnizaciones a que dé lugar la ineptitud de la cosa arrendada.»
Corte Suprema, Rol 59593-2024 «[…] Como se observa, incluso el conocimiento que el arrendador posea sobre el estado de la cosa es indiferente para el ejercicio del derecho, circunstancia que se refleja con toda claridad de la lectura de los artículos que le siguen, en los que queda en evidencia que haber sabido del vicio o no haberlo podido menos que saber debido a su entidad, únicamente incide en los posibles reembolsos e indemnizaciones a que dé lugar la ineptitud de la cosa arrendada.» (Corte Suprema, Rol 59593-2024). «[…] Como se observa, incluso el conocimiento que el arrendador posea sobre el estado de la cosa es indiferente para el ejercicio del derecho, circunstancia que se refleja con toda claridad de la lectura de los artículos que le siguen, en los que queda en evidencia que haber sabido del vicio o no haberlo podido menos que saber debido a su entidad, únicamente incide en los posibles reembolsos e indemnizaciones a que dé lugar la ineptitud de la cosa arrendada.» (Corte Suprema, Rol 59593-2024). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/59593-2024-del-20-05-2026#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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