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Infracciones aduaneras: artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas

Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota · RIT IA-01-00009-2016 · 15 de abril de 2016

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Arica y Parinacota
RIT
IA-01-00009-2016
RUC
16-9-0000217-7
Fecha
Materia
Artículo 176 de la Ordenanza de Aduanas
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

RUC: 16-9-0000217-7 RIT: IA-01-00009-2016 En Arica, a quince de abril de dos mil dieciséis. Proveyendo el escrito de fecha 14 de abril de 2016, de fojas 29, SE DECLARA: Téngase por evacuado el traslado por parte del Servicio de Aduanas. VISTO: 1°) El escrito de desistimiento presentado por la reclamante a fojas 24, y 2°) El escrito de la Dirección de Aduanas de fojas 29, por el cual – evacuando el traslado conferido por este tribunal– acepta el desistimiento en todas sus partes. Y lo dispuesto en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, y 186 bis de la Ordenanza de Aduanas. SE RESUELVE: Téngase por desistido del reclamo de fojas 1 y siguientes, interpuesto por la actora, doña JEANNETTE LUCY RUEDA BOIN, y por aceptado el mismo por parte de la DIRECCIÓN REGIONAL DE ADUANAS DE ARICA Y PARINACOTA, el que es acogido por este tribunal, poniéndose término al presente juicio. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante su publicación íntegra en el sitio de Internet de este Tribunal, www.tta.cl, de conformidad a lo establecido en el artículo 127 de la Documento firmado electrónicamente por don/ña Gustavo Marcel Miranda Espinoza, el 15-04-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fa05d0ee-7c6c-4924-b26e-742def4b5d5d Timbre Electrónico http://www.tta.cl/ Ordenanza de Aduanas. Dese aviso a las direcciones de correo electrónico registradas, por las partes que lo hayan solicitado de conformidad a lo establecido en el inciso quinto del artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas. Déjese testimonio en el expediente y en el sitio en Internet del hecho de haberse efectuado la publicación y su fecha. Dictada por don: GUSTAVO MIRANDA ESPINOZA JUEZ SUBROGANTE Autoriza doña: DANIELA SOTO CUADRA SECRETARIA ABOGADO (S) Gustavo Marcel Miranda Espinoza Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal Arica y Parinacota Documento firmado electrónicamente por don/ña Gustavo Marcel Miranda Espinoza, el 15-04-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fa05d0ee-7c6c-4924-b26e-742def4b5d5d Timbre Electrónico 2016-04-15T09:42:33-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.