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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00003-2013 · 6 de febrero de 2013

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00003-2013
RUC
13-9-0000009-4
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, seis de febrero de dos mil trece. Proveyendo el escrito de fecha 30 de enero de 2013. Téngase presente, y por aceptado el desistimiento presentado por la parte reclamante. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, a fojas 9, la parte reclamante se desiste del reclamo deducido con fecha 4 de enero de 2013, que rola de fojas 5 a 6, en contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a fojas 10. 2°) Que, a fojas 12, contestando el traslado conferido, la entidad fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por el contribuyente don Pedro Félix Díaz Lopez, respecto del reclamo deducido de fojas 5 a 6, con fecha 4 de enero de 2013, sin costas. Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos electrónicos registrados. RIT N° GR-10-00003-2013. Resolvió don Jaime Andrés González Orrico, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. 2013-02-06T13:52:38-0300 Jaime Andres Gonzalez Orrico

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.