Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00001-2013 · 4 de febrero de 2013
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00001-2013
- RUC
- 13-9-0000010-8
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, cuatro de febrero de dos mil trece.
Proveyendo el escrito de fecha 30 de enero de 2013.
Téngase por evacuado el traslado conferido a fojas 16, y por
aceptado el desistimiento presentado por la parte reclamante.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 15, la parte reclamante se desiste del reclamo
deducido con fecha 4 de enero de 2012, que rola de fojas 9 a 10, en contra
del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a
fojas 11.
2°) Que, a fojas 18, contestando el traslado conferido, la entidad
fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo
prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151
del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por
la Sociedad Agua Santa Limitada, respecto del reclamo deducido de fojas 9
a 10, con fecha 4 de enero de 2012, sin costas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado
de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro
en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos
electrónicos registrados.
RIT N° GR-10-00001-2013.
Resolvió don Jaime Andrés González Orrico, Juez Subrogante del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío.
2013-02-04T15:17:24-0300
Jaime Andres Gonzalez Orrico
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.