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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00007-2013 · 20 de marzo de 2013

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00007-2013
RUC
13-9-0000035-3
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, veinte de marzo de dos mil trece. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, a fojas 103, la parte reclamante se desiste del reclamo deducido con fecha 14 de enero de 2013, que rola de fojas 21 a 25, en contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a fojas 26. 2°) Que, a fojas 334, contestando el traslado conferido, la entidad fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por la reclamante, respecto del reclamo deducido de fojas 21 a 25, con fecha 14 de enero de 2013, sin costas, por haberlo así solicitado la reclamante a fojas 103 y habiéndolo aceptado la reclamada al evacuar el traslado conferido. Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya solicitado. RIT N° GR-10-00007-2013. Resolvió don Anselmo Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. 2013-03-20T14:52:30-0400 ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.