Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00008-2013 · 6 de marzo de 2013
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00008-2013
- RUC
- 13-9-0000036-1
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, seis de marzo de dos mil trece.
Proveyendo el escrito rolante a fojas 28 a 29:
A lo Principal: Téngase presente.
Al Primer Otrosí: Téngase presente y por acompañado el documento
indicado, con citación.
Al Segundo Otrosí: Como se pide, al correo electrónico
[email protected]
Al Tercer Otrosí: Téngase presente el patrocinio otorgado y los
poderes conferidos.
Proveyendo los escritos rolante a fojas 27 y 30:
Atendida la solicitud de desistimiento presentada por la parte
reclamante y la aceptación expresa de la misma por parte de la reclamada,
se resuelve:
1°) Que, a fojas 27, la parte reclamante se desiste del reclamo
deducido con fecha 15 de enero de 2013, que rola de fojas 16 a 20, en
contra del Servicio de Impuestos Internos.
2°) Que, a fojas 30, la entidad fiscal acepta expresamente el
desistimiento formulado.
3°) Que, en consideración a los motivos precedentes, téngase por
no interpuesto el reclamo para todos los efectos legales.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo
prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151
del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por
el letrado don Arnoldo Carrasco Arriagada en representación de doña Eliana
Del Carmen López Sommer, respecto del reclamo deducido de fojas 16 a 20,
con fecha 15 de enero de 2013, sin costas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado
de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro
en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos
electrónicos registrados.
RIT N° GR-10-00008-2013.
Resolvió don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío.
2013-03-06T16:04:22-0300
ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.