Reclamo tributario: resolución
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00021-2013 · 29 de mayo de 2013
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00021-2013
- RUC
- 13-9-0000229-1
- Fecha
- Materia
- Resolución
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, veintinueve de mayo de dos mil trece.
Proveyendo escrito de fojas 33:
A lo principal: Téngase presente.
Al primer otrosí: Estese a lo que se resolverá.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 30, la parte reclamante se desiste del reclamo
deducido con fecha 11 de marzo de 2013, que rola de fojas 10 a 13, en
contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su
respecto a fojas 14.
2°) Que, a fojas 32, contestando el traslado conferido a fojas 31, la
entidad fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo
prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151
del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por
la reclamante, respecto del reclamo deducido de fojas 10 a 13, con fecha 11
de marzo de 2013, sin costas, por no haber sido solicitadas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada al
apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su
texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a
la dirección de correo electrónico a la parte que lo haya solicitado.
RIT N° GR-10-00021-2013.
Resolvió don Anselmo Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío.
2013-05-29T15:00:40-0400
ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.