Reclamo tributario: resolución
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00023-2013 · 9 de abril de 2013
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00023-2013
- RUC
- 13-9-0000253-4
- Fecha
- Materia
- Resolución
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, nueve de abril de dos mil trece.
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
PRIMERO: Que, a fojas 10 y siguientes, comparece don Mario
Eduardo Barrueto Osses, en representación procesal de Segundo Miguel
Inostroza Montoya, interponiendo reclamación en contra de la Resolución N°
208401000006 de fecha 19 de noviembre de 2012, emitida por el
Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección Regional Concepción del
Servicio de Impuestos Internos.
SEGUNDO: Que, en su escrito de reclamo no acompaña
materialmente la notificación de la resolución reclamada, incumpliendo lo
dispuesto en el artículo 125 N° 3 del Código Tributario, el que al efecto
dispone;
Artículo 125: La reclamación deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
3°. Presentarse acompañada de los documentos en que se funde,
excepto aquellos que por su volumen, naturaleza, ubicación u otras
circunstancias, no puedan agregarse a la solicitud.
TERCERO: Que, a fin de subsanar tal omisión, este Tribunal, a fojas
13, le fijó un plazo de 5 días, bajo el apercibimiento de tener por no
presentado el reclamo, resolución que fue notificada según prescribe el
artículo 131 bis del Código Tributario.
CUARTO: Que, a fojas 15 rola certificado del Secretario Abogado de
este Tribunal, en el cual se deja constancia que la parte reclamante no dio
cumplimiento a lo ordenado en esta causa dentro del plazo señalado, por
tanto, cabe hacer efectivo el apercibimiento decretado a fojas 13 de autos.
SE RESUELVE:
Hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 13, y téngase
por no interpuesto, para todos los efectos legales, el reclamo rolante a fojas
10 y siguientes, interpuesto por don Mario Eduardo Barrueto Osses, en
representación procesal de Segundo Miguel Inostroza Montoya interpuesto
en contra de la Resolución N° 208401000006 de fecha 19 de noviembre de
2012, emitida por el Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección
Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Notifíquese la presente resolución mediante la publicación integra
en el sitio en Internet del Tribunal, y a la parte reclamante por medio de
carta certificada al domicilio registrado en autos, de conformidad a lo
establecido en los incisos primero y tercero del artículo 131 bis del Código
Tributario.
RIT: GR-10-00023-2013
Resolvió don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bio Bio.
2013-04-09T12:39:52-0400
ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.