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Reclamo tributario: resolución

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00023-2013 · 9 de abril de 2013

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00023-2013
RUC
13-9-0000253-4
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, nueve de abril de dos mil trece. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a fojas 10 y siguientes, comparece don Mario Eduardo Barrueto Osses, en representación procesal de Segundo Miguel Inostroza Montoya, interponiendo reclamación en contra de la Resolución N° 208401000006 de fecha 19 de noviembre de 2012, emitida por el Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos. SEGUNDO: Que, en su escrito de reclamo no acompaña materialmente la notificación de la resolución reclamada, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 125 N° 3 del Código Tributario, el que al efecto dispone; Artículo 125: La reclamación deberá cumplir con los siguientes requisitos: 3°. Presentarse acompañada de los documentos en que se funde, excepto aquellos que por su volumen, naturaleza, ubicación u otras circunstancias, no puedan agregarse a la solicitud. TERCERO: Que, a fin de subsanar tal omisión, este Tribunal, a fojas 13, le fijó un plazo de 5 días, bajo el apercibimiento de tener por no presentado el reclamo, resolución que fue notificada según prescribe el artículo 131 bis del Código Tributario. CUARTO: Que, a fojas 15 rola certificado del Secretario Abogado de este Tribunal, en el cual se deja constancia que la parte reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado en esta causa dentro del plazo señalado, por tanto, cabe hacer efectivo el apercibimiento decretado a fojas 13 de autos. SE RESUELVE: Hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 13, y téngase por no interpuesto, para todos los efectos legales, el reclamo rolante a fojas 10 y siguientes, interpuesto por don Mario Eduardo Barrueto Osses, en representación procesal de Segundo Miguel Inostroza Montoya interpuesto en contra de la Resolución N° 208401000006 de fecha 19 de noviembre de 2012, emitida por el Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución mediante la publicación integra en el sitio en Internet del Tribunal, y a la parte reclamante por medio de carta certificada al domicilio registrado en autos, de conformidad a lo establecido en los incisos primero y tercero del artículo 131 bis del Código Tributario. RIT: GR-10-00023-2013 Resolvió don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bio Bio. 2013-04-09T12:39:52-0400 ANSELMO IVAN CIFUENTES ORMENO

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.