Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00049-2015 · 14 de julio de 2015
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- VD-10-00049-2015
- RUC
- 15-9-0000582-K
- Fecha
- Materia
- Artículo 8 bis del Código Tributario
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, catorce de julio de dos mil quince.
Al escrito de fojas 57: Téngase por evacuado el traslado
conferido.
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 54, la parte reclamante se desiste del reclamo
deducido con fecha 1 de junio de 2015, que rola a fojas 14 y siguientes, en
contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su
respecto a fojas 55.
2°) Que, a fojas 57, contestando el traslado conferido, la entidad
fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo
prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151
del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por
la reclamante, respecto del reclamo deducido a fojas 14 y siguientes, sin
costas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado
de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro
en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de
correo electrónico a la parte que lo haya solicitado.
VD-10-00049-2015
Resolvió don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Jaime
Andrés González Orrico, Secretario Titular.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 14-07-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
af0f87a6-c772-456a-8b24-1b154a306ef7
Timbre Electrónico
2015-07-14T09:05:08-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.