Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00053-2015 · 17 de julio de 2015
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- VD-10-00053-2015
- RUC
- 15-9-0000586-2
- Fecha
- Materia
- Artículo 19 N° 24 de la Constitución
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, diecisiete de julio de dos mil quince.
Proveyendo el escrito de fecha 14 de julio de 2015.
Téngase por evacuado el traslado conferido a fojas 40, y por
aceptado el desistimiento presentado por la parte reclamante.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 39, la parte reclamante se desiste del reclamo
deducido con fecha 1 de junio de 2015, que rola de fojas 10 y siguientes, en
contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su
respecto a fojas 29.
2°) Que, a fojas 42, contestando el traslado conferido, la entidad
fiscal acepta expresamente el desistimiento formulado.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo
prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151
del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por
RL Gastronomía Chile Limitada, respecto del reclamo deducido de fojas 10 y
siguientes, con fecha 1 de junio de 2015, sin costas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado
de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro
en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos
electrónicos registrados.
RIT N° VD-10-00053-2015.
Resolvió don Anselmo Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Andrés Bravo
Pacheco, Secretario Abogado Subrogante.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 17-07-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
f263d5fc-a999-4cf6-a544-5f7388b47649
Timbre Electrónico
2015-07-17T11:59:39-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.