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Vulneración de derechos: artículo 19 N° 24 de la Constitución

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00051-2016 · 11 de agosto de 2016

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
VD-10-00051-2016
RUC
16-9-0000512-5
Fecha
Materia
Artículo 19 N° 24 de la Constitución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, diez de agosto de dos mil dieciséis. Proveyendo el escrito de fecha 9 de agosto de 2016: Téngase por evacuado el traslado conferido. Y resolviendo el incidente de desistimiento promovido por la parte reclamante: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, a fojas 36, la parte reclamante se desiste de la reclamación deducida con fecha 15 de junio de 2016, rolante de fojas 7 a 12, por Vulneración de Derechos por parte del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a fojas 37. 2°) Que, a fojas 39, el Servicio de Impuestos Internos evacua el traslado conferido aceptando el desistimiento de la contraparte. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil. SE ACOGE el desistimiento formulado por el abogado Gustavo Cabret Paz, en representación de “Estación de Servicios Portugal Limitada”, respecto al reclamo deducido de fojas 7 a 12 con fecha 15 de junio de 2016. Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos electrónicos registrados. RIT n.° VD-10-00051-2016. Resolvió don Jaime Andrés González Orrico, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Mario Vega Adauy, Secretario Abogado Subrogante. Jaime Andres Gonzalez Orrico Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Jaime Andres Gonzalez Orrico, el 11-08-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación eee85e35-82fc-4076-be49-5f1f07edf83e Timbre Electrónico 2016-08-11T10:43:50-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.