Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00070-2016 · 2 de agosto de 2016
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- GR-10-00070-2016
- RUC
- 16-9-0000619-9
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, dos de agosto de dos mil dieciséis.
Proveyendo el escrito de fecha 01 de agosto de 2016: Téngase por evacuado
el traslado conferido.
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 42, la parte reclamante se desiste de la reclamación
deducida con fecha 06 de julio de 2016, rolante de fojas 31 a 33, en contra de la
Liquidación n° 308201000118 de fecha 22 de marzo de 2016 emitida por la VIII
Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su
respecto a fojas 43.
2°) Que, a fojas 45 el Servicio evacuó el traslado conferido, aceptando el
desistimiento de la contraparte.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en
los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de
Procedimiento Civil. SE ACOGE el desistimiento formulado por don Gustavo Quiero
Villegas, respecto del reclamo deducido de fojas 31 a 33 con fecha 22 de marzo de
2016. Sin Costas.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada a la parte
reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio
en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos electrónicos
registrados.
RIT n° GR-10-00070-2016.
Proveyó don Anselmo Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Jaime Andrés González Orrico,
Secretario Abogado Titular.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 02-08-2016.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
41c6c620-1c0b-404d-9833-9dd716c0be8a
Timbre Electrónico
2016-08-02T14:16:57-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.