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Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00049-2017 · 20 de septiembre de 2017

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
VD-10-00049-2017
RUC
17-9-0000513-K
Fecha
Materia
Artículo 8 bis del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, veinte de septiembre de dos mil diecisiete. Proveyendo escrito de fecha 15 de septiembre de 2017. Téngase por evacuado por el Servicio de Impuestos Internos el traslado conferido en resolución de fecha 14.9.2017. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, a fojas 47, la parte reclamante se desiste del reclamo deducido con fecha 13 de junio de 2017, que rola a fojas 1 y siguientes, en contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a fojas 18. 2°) Que, a fojas 50, se tiene por evacuado por el ente fiscal el traslado conferido a fojas 48, aceptando dicha repartición el desistimiento formulado por la reclamante. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por Forestal Vaspe Limitada, respecto del reclamo deducido de fojas 1 y siguientes, con fecha 13 de junio de 2017, sin costas. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos electrónicos registrados. RIT N° VD-10-00049-2017. Resolvió don Anselmo Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Jaime Gonzalez Orrico, Secretario Abogado. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 20-09-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 72e73e2c-f716-4071-a83b-689213b0cbc9 Timbre Electrónico 2017-09-20T13:06:46-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.