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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT GR-10-00113-2017 · 30 de octubre de 2017

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
GR-10-00113-2017
RUC
17-9-0001126-1
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Inadmisible

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, a treinta de octubre dos mil diecisiete. Proveyendo escrito de fecha 20 de octubre de 2017. A lo principal: Visto y teniendo presente: 1°) Que, comparecen los letrados Pablo Cesar Muñoz Vásquez y Mauro Rodríguez Álvarez, domiciliados en calle Cochrane 635 Torres A oficina 406 de Concepción, en representación de la contribuyente Alarcón Ormazábal y Compañía Ltda, Rut. 76.011.351-4, deduciendo reclamo en contra de las liquidaciones n°s 178 a 181 de 29 de junio de 2017, emitidas por la Unidad de Talcahuano dependiente de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. 2°) Que, conforme lo establece el artículo 124 inciso 3° del Código Tributario, el reclamo debe interponerse en el término fatal de (90) noventa días contado desde la notificación correspondiente, ampliándose dicho plazo a un año, cuando el contribuyente pague la suma determinada por el Servicio dentro del plazo de (90) noventa días. Situación última no verificada en autos. A su turno, y en el inciso final de la normativa en estudio, se establece que, de no poderse aplicar las reglas precedentes, sobre computación de plazos, estos se contaran desde la fecha de la resolución, acto o hecho en que la reclamación se funde. 3°) Que, las liquidaciones objeto del presente reclamo tienen como fecha de emisión el 29 de junio de 2017, siendo notificadas por cédula con igual fecha según consta en notificación n° 05056 folio 1528421. Cabe hacer presente que, en ese acto administrativo, se notificaron las liquidaciones N° 158 a la N° 181 todas de fecha 29 de Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 30-10-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación eaa158d1-bb12-4d4c-ab20-6015b6e896d3 Timbre Electrónico junio de 2017; y que solamente fueron objeto de reclamación las Liquidaciones N°s. 178 a la 181. 4°) Que, así las cosas, huelga señalar que el cargo puesto en el escrito de reclamo tiene fecha 20 de octubre de 2017, y el plazo de 90 días hábiles, comenzó a computarse el día 30.06.2017, y en consecuencia el libelo reclamatorio de fecha 20.10.2017 fue presentado en el día hábil noventa y tres (93); Vistos además, lo previsto en los artículos 11, 124 y siguientes y demás del Código Tributario y la Ley 20.322 de 2009 que fortalece y perfecciona la justicia tributaria y aduanera. SE RESUELVE: Por estas consideraciones y de conformidad con lo prevenido en los artículos señalados, se declara INADMISIBLE el reclamo deducido por los letrados Pablo Cesar Muñoz Vásquez y Mauro Rodríguez Álvarez, en representación de la contribuyente Alarcón Ormazábal y Compañía Ltda, Rut. 76.011.351-4; en contra las Liquidaciones N° 178 a la 181 de fecha 29.06.2017, por extemporáneo. Téngase por no interpuesto el reclamo para todos los efectos legales. Al primer otrosí: Ténganse por acompañados los documentos indicados, con citación. Al segundo otrosí: Como se pide, dese aviso a los correos electrónicos indicados. Al tercer otrosí: Téngase presente el domicilio señalado. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 30-10-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación eaa158d1-bb12-4d4c-ab20-6015b6e896d3 Timbre Electrónico Notifíquese a la parte reclamante la presente resolución mediante carta certificada. Sin perjuicio de dar aviso a los correos electrónicos registrados. RIT N° GR-10-00113-2017. Resolvió don Anselmo Iván Cifuentes Ormeño, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Jaime Gonzalez Orrico, Secretario Abogado. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 30-10-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación eaa158d1-bb12-4d4c-ab20-6015b6e896d3 Timbre Electrónico 2017-10-30T10:46:29-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.