Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00037-2018 · 12 de julio de 2018
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- VD-10-00037-2018
- RUC
- 18-9-0000385-0
- Fecha
- Materia
- Artículo 8 bis del Código Tributario
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, doce de julio de dos mil dieciocho.
Téngase por evacuado el traslado conferido. Y resolviendo el incidente
de desistimiento promovido por la parte reclamante:
VISTO Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que, a fojas 38, la parte reclamante se desiste de la reclamación
deducida con fecha 1 de junio de 2018, rolante de fojas 9 a 18, por vulneración
de derechos por parte del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado
a su respecto a fojas 39.
2°) Que, a fojas 41, el Servicio de Impuestos Internos evacua el traslado
conferido aceptando el desistimiento de la contraparte.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido
en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de
Procedimiento Civil, SE ACOGE, sin costas, el desistimiento formulado por don
Gustavo Cabret Cid, en representación de Jorge Arellano Fonti y Compañía
Limitada, respecto al reclamo deducido de fojas 9 a 18.
Notifíquese la presente resolución por carta certificada a la reclamante,
y a la reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el Sitio en Internet
del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico a la
parte que lo haya solicitado.
RIT n.° VD-10-00037-2018.
Resolvió don ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío. Autoriza don Jaime
Andrés González Orrico, Secretario Titular.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 12-07-2018.
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780b6e1d-167a-4654-9bb3-2e2d493b2f50
Timbre Electrónico
2018-07-12T12:37:34-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.