Infracciones aduaneras: artículo 174 de la Ordenanza de Aduanas
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT IA-10-00051-2019 · 8 de junio de 2020
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
- RIT
- IA-10-00051-2019
- RUC
- 19-9-0000589-2
- Fecha
- Materia
- Artículo 174 de la Ordenanza de Aduanas
- Servicio
- Servicio Nacional de Aduanas
- Resultado
- Conciliación
Normas que aplica
Texto de la sentencia
Concepción, ocho de junio de dos mil veinte.
A sus autos el Oficio Ordinario n.° 244, y la Resolución Exenta n.° 935, de 5
y 4 de junio de 2020 respectivamente, documentos emanados de la Dirección
Regional Aduana de Talcahuano del Servicio Nacional de Aduanas.
Vistos y teniendo presente:
1.- Que, con fecha 22 de mayo de 2020, en la audiencia decretada al efecto,
las partes en esta causa concertaron conciliar totalmente sobre lo discutido en esta
causa, acordando que el reclamante don Gonzalo Espinosa Rojas, pagará a título
de multa por aplicación del artículo 174 de la Ordenanza de Aduanas, la suma de
$7.406.981. (siete millones cuatrocientos seis mil novecientos ochenta y un pesos)
y con la aceptación y reconocimiento por parte del reclamado que dicho pago
extingue toda responsabilidad infraccional del reclamante, que pueda emanar de
las denuncias a que se refiere el presente juicio.
2.- Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo
128 bis de la Ordenanza de Aduanas, habiendo sido notificado de la referida acta
de conciliación, el Director Regional de Aduanas de Talcahuano, se pronunció a
través de la Resolución Exenta n.° 935, de 4 de junio de 2020, en la cual manifiesta
su aprobación, y establece los fundamentos de hecho y de derecho en los que se
funda;
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°
N.° 1 de la Ley N.° 20.322 de 2009, Orgánica de Tribunales Tributarios y
Aduaneros; 128, 128 bis, 186 bis de la Ordenanza de Aduanas; y demás normas
pertinentes, se declara:
Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 08-06-2020.
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Se resuelve:
Téngase por aprobada la conciliación acordada por las partes, en todo lo que
no fuere contrario a derecho, y téngase esta resolución como sentencia
ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el
inciso final del artículo 128 bis de la Ordenanza de Aduanas.
En consecuencia, aplíquese la multa por infracción a lo dispuesto en el
artículo 174 de la Ordenanza de Aduanas, en la suma de $7.406.981. (siete
millones cuatrocientos seis mil novecientos ochenta y un pesos) y con la aceptación
y reconocimiento por las partes que dicho pago extingue toda responsabilidad
infraccional del reclamante.
Gírese la multa de $ $7.406.981. (siete millones cuatrocientos seis mil
novecientos ochenta y un pesos).
El Director Regional Aduana de Talcahuano del Servicio Nacional de
Aduanas, dispondrá el cumplimiento administrativo de la presente resolución,
conforme lo establece el artículo 6°, letra b), n.° 6, del Código Tributario, sin
perjuicio de las facultades conferidas a este Tribunal en el artículo 1°, incisos
segundo y tercero, de la Ley n.° 20.322 de 2009, Orgánica de Tribunales Tributarios
y Aduaneros.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada,
y a la parte reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio en
Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a la dirección de correo electrónico
al litigante que lo haya solicitado.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Cuantía Bruta: 4.320,30 UTM
RUC n.° 19-9-0000589-2
RIT n.° IA-10-00051-2019
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Proveyó don ANSELMO CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región del Biobío. Autoriza don Jaime Andrés Gonzalez
Orrico, Secretario Abogado Titular.
Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Biobio
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2020-06-08T15:37:54-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.