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Vulneración de derechos: artículo 8 bis del Código Tributario

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT VD-10-00050-2020 · 14 de septiembre de 2020

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
VD-10-00050-2020
RUC
20-9-0000424-K
Fecha
Materia
Artículo 8 bis del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, catorce de septiembre de dos mil veinte. Proveyendo el escrito de fecha 09 de septiembre de 2020. Téngase por evacuado por parte del Servicio de Impuestos Internos el traslado conferido con fecha 07.09.2020. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, a fojas 34, la parte reclamante se desiste del reclamo deducido con fecha 01 de junio de 2020, que rola de fojas 09 y siguientes, en contra del Servicio de Impuestos Internos, confiriéndose traslado a su respecto a fojas 36. 2°) Que, a fojas 40, se tiene por evacuado por parte del ente fiscal el traslado conferido a fojas 36, aceptando el desistimiento de la parte reclamante. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 148 del Código Tributario, 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el desistimiento formulado por la parte reclamante, respecto del reclamo deducido de fojas 09 y siguientes, con fecha 01 de junio de 2020, sin costas. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese la presente resolución por carta certificada al apoderado de la reclamante, y al reclamado mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, dese aviso a los correos electrónicos registrados. RIT N° VD-10-00050-2020. Resolvió don ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Bíobío. Autoriza don Mario Vega Adauy, Secretario Abogado Subrogante. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio Documento firmado electrónicamente por don/ña Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño, el 14-09-2020. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 6f1e9e284e244c50b75aaf0f7adf3286 Timbre Electrónico 2020-09-14T13:57:24-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.