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Procedimiento especial de sanciones: artículo 97 N° 16 del Código Tributario

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT ES-10-00085-2024 · 3 de enero de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
ES-10-00085-2024
RUC
24-9-0001231-0
Fecha
Materia
Artículo 97 N° 16 del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma. Vistos y teniendo presente, que, a folio 42 el Servicio de Impuestos Internos se allanó totalmente al presente reclamo, y a fojas 44, se citó a las partes a oír sentencia; se resuelve: téngase por acogido el reclamo en todas sus partes, disponiendo la anulación de las actuaciones reclamadas; y que cada parte soportará sus costas. El Director Regional de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos dispondrá el cumplimiento administrativo de esta sentencia, conforme lo establece el artículo 6°, letra b), n.° 6, del Código Tributario, sin perjuicio de las facultades conferidas a este Tribunal en el artículo 1°, incisos segundo y tercero, de la Ley n.° 20.322 de 2009, Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros Notifíquese la presente resolución a las partes mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio en Internet del Tribunal, en atención a que el reclamante se allanó a esta forma de notificación. Sin perjuicio, avísese a la dirección de correo electrónico al litigante que lo haya solicitado. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT n.° ES-10-00085-2024 RUC n.° 24-9-0001231-0 Cuantía: Indeterminada. Proveyó don ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio 2025-01-03T09:43:48-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.