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Procedimiento especial de sanciones: artículo 97 N° 10 del Código Tributario

Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío · RIT ES-10-00008-2025 · 26 de febrero de 2025

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Biobío
RIT
ES-10-00008-2025
RUC
25-9-0000076-4
Fecha
Materia
Artículo 97 N° 10 del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Acoge

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma. Vistos y Considerandos: 1°.- Que, teniendo presente, que con fecha 24.01.2025, el contribuyente don Gibran Gabriel Salazar Rivas, RUT: 26.837.637-2, presentó reclamación en contra de Notificación de Infracción Formulario 1335204 de fecha 06.01.2025, sancionado por el Artículo 97 n° 10 del Código Tributario. 2°.- Que, en traslado de fecha 06.02.2025, el Servicio de Impuestos Internos, reconoce que pudo comprobar que efectivamente el contribuyente presentó 4 solicitudes administrativas antes de ser infraccionado. Ante lo anterior, el el organismo fiscal viene en allanarse totalmente a la alegación en comento presentada por el contribuyente Salazar Rivas, y se proceda en dejar sin efecto la multa relativa a la infracción de marras. 3° Que, aceptándose el allanamiento interpuesto por el organismo fiscalizador, se citó a las partes a oír sentencia con fecha 26.02.2025. Se resuelve: HA LUGAR al reclamo en todas sus partes, disponiendo la anulación de la notificación de infracción F 3294, folio n° 1335204 de fecha 06 de enero de 2025; y que cada parte soportará sus costas. El Director de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos dispondrá el cumplimiento administrativo de esta sentencia, conforme lo establece el artículo 6°, letra b), n.° 6, del Código Tributario, sin perjuicio de las facultades conferidas a este Tribunal en el artículo 1°, incisos segundo y tercero, de la Ley n.° 20.322 de 2009, Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por carta certificada y a la parte reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio en Internet del Tribunal. Sin perjuicio, avísese a la dirección de correo electrónico al litigante que lo haya solicitado. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT n° ES-10-00008-2025 RUC n° 25-9-0000076-4 Cuantía bruta: Indeterminada. Proveyó don ANSELMO IVÁN CIFUENTES ORMEÑO, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Biobío. Anselmo Ivan Cifuentes Ormeño Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Biobio 2025-02-26T12:09:57-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.