Texto de la sentencia
Diez - 10
“POLI GARAYCOCHEA, GUIDO ALBERTO con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RIT N° : GR-18-00349-2013
RUC N° 13-9-0001552-0
Santiago, cuatro de Septiembre del dos mil trece.-
Proveyendo escrito de fojas 1 y siguientes, se resuelve:
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1) Que, por resolución de fecha 14 de Agosto del año 2013, que rola a fojas 8 de autos, se ordenó
señalar el Tribunal ante el cual se presenta el reclamo y acompañar el documento que acreditara la
forma y fecha de notificación de la Liquidación reclamada, dentro de quinto día, bajo el apercibimiento
de tener por no presentado el reclamo para todos los efectos legales.
2) Que, considerando lo dispuesto por el Artículo 131° del Código Tributario, el plazo para cumplir lo
ordenado vencía el día 21 de Agosto del año 2013.
SE RESUELVE:
A LO PRINCIPAL: No habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado dentro del plazo señalado en la
resolución agregada a fojas 8 de autos, hágase efectivo el apercibimiento y téngase por no presentado
el reclamo de autos para todos los efectos legales; AL PRIMER y SEGUNDO OTROSÍ: Estése a lo resuelto
precedentemente.
Notifíquese a la parte reclamante la presente resolución mediante carta certificada, publíquese en el
sitio Internet del Tribunal y dése aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales efectos,
conforme a lo dispuesto por el artículo 131 bis del Código Tributario.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autorizó don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
2013-09-04T13:56:37-0400
Miguel Andres Massone Pardo
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.