Texto de la sentencia
Ciento uno - 101
“AGRÍCOLA CACHAPOAL LIMITADA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RIT N° GR-18-00423-2013
RUC N° 13-9-0001876-7
Santiago, diez de agosto de dos mil quince.-
Proveyendo escrito de fojas 100: Téngase por evacuado el traslado. Estese a lo que se resolverá.
Vistos y considerando:
1°) Que a fojas 97, la parte reclamante dedujo incidente de desistimiento respecto del reclamo
deducido a fojas 1 y siguientes.
2°) Que a fojas 100, la parte reclamada evacuó el traslado, allanándose al incidente.
3°) Que el artículo 148 del Código de Procedimiento Civil dispone que antes de notificada una
demanda al demandado, podrá el actor retirarla sin trámite alguno, y se considerará como no
presentada. Después de notificada, podrá en cualquier estado del juicio desistirse de ella ante el
tribunal que conozca el asunto, y esta petición se someterá a los trámites establecidos para los
incidentes.
4°) Que conforme a la norma citada en el apartado anterior y habiéndose allanado la parte reclamada
al desistimiento del reclamo de fojas 1, corresponderá dar lugar a éste.
Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 148 y siguientes del Código de
Procedimiento Civil, SE RESUELVE:
- Que ha lugar al desistimiento de fojas 97, en consecuencia, téngase a la parte reclamante por
desistida del reclamo de fojas 1 y siguientes.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamada, mediante su publicación en el sitio de Internet
del Tribunal, y a la parte reclamante, mediante carta certificada remitida al domicilio registrado en
autos para tales efectos, y dese aviso a las direcciones de correos electrónicos registradas para tales
efectos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 131 bis del Código Tributario.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.(mah)
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
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Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 10-08-2015.
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Timbre Electrónico
2015-08-10T10:42:41-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.