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Procedimiento especial de sanciones: artículo 97 N° 19 del Código Tributario

Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT ES-18-00070-2014 · 13 de mayo de 2014

Tribunal
Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
ES-18-00070-2014
RUC
14-9-0000321-9
Fecha
Materia
Artículo 97 N° 19 del Código Tributario
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Trece -13- “RESTAURANT CABO FRIO LIMITADA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente” RUC N° 14-9-0000321-9 RIT N° ES-18-00070-2014 Santiago, trece de mayo de dos mil catorce. Vistos y atendido que el compareciente de fojas 1 no dio cumplimiento a lo ordenado dentro del término conferido a fojas 10 de autos y conforme a lo dispuesto en el artículo 125 inciso final del Código Tributario, SE RESUELVE: Hágase efectivo el apercibimiento decretado en la resolución de fojas 10 y téngase por no presentada la reclamación de fojas 1. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante el envío de carta certificada al domicilio designado en autos, dejándose constancia en autos. Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (rv) Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Miguel Andrés Massone Pardo Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 13-05-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación c011a9f5-1dce-4381-a22a-3c5eda9129b9 Timbre Electrónico 2014-05-13T15:27:03-0400 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.