Texto de la sentencia
Cuarenta y nueve - 49
“LEIGHTON OLIVA, ROXANA ANDREA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RIT N° : GR-18-00196-2014
RUC N° : 14-9-0000759-1
Santiago, quince de mayo del año dos mil catorce.-
Proveyendo escrito de fojas 41: Vistos y atendido que la resolución de fojas 39 ordenó a la reclamante
señalar en procedimiento incoado, indicar los fundamentos de derecho del reclamo, y acompañar el
acto reclamado, bajo el apercibimiento del artículo 125 inciso final del Código Tributario; y que dicha
parte se limitó a acompañar el acto reclamado, necesariamente ha de tenerse por no cumplido lo
ordenado.
Proveyendo escrito de fojas 1: A LO PRINCIPAL: Vistos y atendido que el compareciente a fojas 1 no dió
cabal cumplimiento a lo ordenado a fojas 39 dentro del término conferido y de conformidad a lo
dispuesto por el artículo 125 inciso final del Código Tributario, hágase efectivo el apercibimiento
decretado y téngase por no presentada la reclamación de fojas 1.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante carta certificada, publíquese en el
sitio de Internet del Tribunal y dése aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales
efectos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 131° bis del Código Tributario.
Déjense los testimonios que resultaren procedentes agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de
la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 15-05-2014.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
f3894efc-c313-4971-a421-d798bbe61dc8
Timbre Electrónico
2014-05-15T13:45:48-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.