Texto de la sentencia
Veinte - 20 -
“ANGUITA CARRETON, PATRICIA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RUC N° 14-9-0001173-4
RIT ES - 18 - 00356-2014
Santiago, cinco de agosto de dos mil catorce.-
Proveyendo escrito de fojas 19: Vistos y atendido lo expuesto por la parte reclamante; que en estos
autos no se ha conferido traslado del reclamo a la parte reclamada; y, conforme lo dispuesto en los
artículos 148 del Código de Procedimiento Civil y 148 del Código Tributario, SE RESUELVE: Téngase
por retirado el reclamo de fojas 1, presentado por doña Patricia Anguita Garretón, el cual se tiene
por no presentado para todos los efectos legales.
Notifíquese a la parte reclamante mediante el envío de carta certificada al domicilio designado en
autos. Dése aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales efectos.
Publíquese la presente resolución en el sitio Internet del Tribunal.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 05-08-2014.
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ee471093-f676-412e-a224-7d0211956793
Timbre Electrónico
2014-08-05T12:25:20-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.