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Ciento sesenta y cinco - 165
“EMPRESAS PIZARREÑO S.A. con SII Dirección de Grandes Contribuyentes”
RUC N° 14-9-0001996-4
RIT N° GR-18-00501-2014
Santiago, once de octubre de dos mil diecinueve.
Proveyendo escrito de fojas 164: Téngase por evacuado el traslado conferido a fojas 162. Autos
para resolver el incidente de desistimiento de lo principal de fojas 159.
Proveyendo lo pendiente de escrito de fojas 159: A LO PRINCIPAL: Vistos, en mérito de lo expuesto
por la parte reclamante, no existiendo oposición de la parte reclamada y de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil y 148 del Código Tributario, SE
RESUELVE:
- Téngase a la reclamante EMPRESAS PIZARREÑO S.A., por desistida del reclamo interpuesto en lo
principal de fojas 1 y siguientes.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante por medio de carta certificada remitida al
domicilio registrado en autos y a la parte reclamada mediante su publicación en el sitio Internet del
Tribunal.
Dése aviso a las direcciones de correo electrónico registradas para tales efectos.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la
Región Metropolitana.
Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 11-10-2019.
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3b4fa488-b20f-4ae8-b044-332522ecbfa8
Timbre Electrónico
2019-10-11T09:28:12-0300
FEA