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Reclamo tributario: liquidación

Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-18-00132-2015 · 20 de noviembre de 2015

Tribunal
Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-18-00132-2015
RUC
15-9-0001348-2
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Cincuenta y tres -53- “INVERSIONES FIGGOS S.A. con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente” RUC N° 15-9-0001348-2 RIT N° GR-18-00132-2015 Santiago, veinte de noviembre de dos mil quince. Proveyendo a fojas 50: A LO PRINCIPAL: Por cumplido en forma parcial lo ordenado a fojas 48. AL OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá. Vistos y considerando: 1°) Que, a lo principal de fojas 50, se da cumplimiento en forma parcial y dentro de plazo a lo ordenado en la resolución de fojas 48, proporcionando una relación de los antecedentes de derecho del reclamo. 2°) Que, sin embargo, el reclamante no dio cumplimento de forma íntegra a lo ordenado en dicha resolución, puesto que en su escrito no hace coincidir la suma con el cuerpo del escrito, ni contiene una relación completa y circunstanciada de los antecedentes de hecho del reclamo, ni tampoco señala el procedimiento incoado, requisito indispensable para acoger a tramitación el reclamo. 3°) Que, atendido el mérito de lo señalado y que el compareciente de fojas 2 no dio cumplimiento en forma íntegra a lo ordenado dentro del término conferido a fojas 48 de autos, y conforme a lo dispuesto en el artículo 125 inciso final del Código Tributario, SE RESUELVE: Hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 48 y téngase por no presentada la reclamación de fojas 2. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante el envío de carta certificada, publíquese en el sitio de Internet del Tribunal y dese aviso a la dirección de correo electrónico registrada, conforme a lo dispuesto por el artículo 131° bis del Código Tributario. Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (rv) Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Miguel Andrés Massone Pardo Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 20-11-2015. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 5cd12261-fe19-4038-9768-12f822130967 Timbre Electrónico 2015-11-20T10:09:54-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.