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Reclamo tributario: resolución

Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-18-00033-2016 · 8 de junio de 2016

Tribunal
Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-18-00033-2016
RUC
16-9-0000363-7
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Diecisiete -17- “RAMOS TRONCOSO, MARIA VERÓNICA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur” RUC N° 16-9-0000363-7 RIT N° GR-18-00033-2016 Santiago, ocho de junio de dos mil dieciséis. Proveyendo escrito de fojas 15: A LO PRINCIPAL, AL PRIMER Y QUINTO OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá. AL SEGUNDO OTROSÍ: Como se pide al aviso por correo electrónico. AL TERCER OTROSÍ: Téngase presente domicilio. Vistos y considerando: 1°) Que a fojas 15, la reclamante dando cumplimiento de forma parcial, dentro de plazo, a lo ordenado en la primera parte de la resolución de fojas 13, consigna los datos de quien la representa y la naturaleza de dicha representación. 2°) Que, sin embargo, la reclamante no dio cumplimento a lo ordenado en la segunda parte contenido en la resolución de fojas 13, esto es, sus escritos no contienen una relación completa y circunstanciada de los antecedentes de hecho y una exposición de los fundamentos de derecho del reclamo, no se acompaña de forma íntegra el documento fundante del reclamo, no contiene de forma precisa y clara las peticiones que se someten a consideración del Tribunal, ni se señala el procedimiento incoado. 3°) Que, atendido el mérito de lo señalado y que el compareciente de fojas 1 no dio cumplimiento en forma íntegra a lo ordenado dentro del término conferido a fojas 8 de autos, y conforme a lo dispuesto en el artículo 125 N° 2 del Código Tributario, SE RESUELVE: Hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 13 y téngase por no presentada la reclamación de fojas 1. Notifíquese la presente resolución al reclamante mediante carta certificada, publíquese en el sitio Internet del Tribunal y dese aviso a la dirección de correo electrónico registrada al efecto. Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos. (rv) Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don Cristhián Navarrete Cottet, Secretario Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Miguel Andrés Massone Pardo Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 08-06-2016. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 53c9a812-cde4-412b-bc4c-927a583b9cd5 Timbre Electrónico 2016-06-08T10:52:42-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.