Texto de la sentencia
Sesenta y tres -63-
“FRV INGENIERÍA ELECTRÍCA LIMITADA con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RUC N° 17-9-0000019-7
RIT GR-18-00003-2017
Santiago, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.
No constando en autos que el reclamante haya dado cumplimiento, dentro de séptimo día, a lo
ordenado mediante resolución de fojas 61, y conforme con lo dispuesto en el artículo 125 N°2, 3, 4 e
inciso final del Código Tributario, hágase efectivo el apercibimiento decretado a fojas 61 y téngase por
no presentado el reclamo para todos los efectos legales.
Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante mediante carta certificada, publíquese en el
sitio de Internet del Tribunal y dése aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales
efectos, conforme a lo dispuesto por el Artículo 131° bis del Código Tributario.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.
Proveyó don Miguel Massone Pardo, Juez Titular del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región
Metropolitana.
Autoriza doña Carolina Arenas Concha, Secretario Subrogante del Cuarto Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Miguel Andrés Massone Pardo
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Miguel Andrés Massone Pardo, el 16-02-2017.
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Timbre Electrónico
2017-02-16T09:44:12-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.