Texto de la sentencia
Veintinueve - 29
“MARDONES MUÑOZ, MARCELO EDUARDO con SII Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente”
RIT N° GR-18-00140-2017
RUC N° 17-9-0000923-2
Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete. –
Vistos y considerando:
Que la reclamante, no dio cumplimiento a lo ordenado a fojas 27 dentro del término conferido, por lo
que conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 129° del Código Tributario, en relación con
la Ley N°18.120 y el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil,
SE RESUELVE:
Que se hace efectivo el apercibimiento decretado a fojas 27 y, en consecuencia, se tiene por no
presentada la reclamación de fojas 1 y siguientes.
Notifíquese a la parte reclamante mediante el envío de carta certificada al domicilio designado en autos
y mediante su publicación en el sitio Internet del Tribunal.
Déjense los testimonios que resulten procedentes, agregándose a los autos.(mah)
Proveyó don Cristhián Navarrete Cottet, Juez Subrogante del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de
la Región Metropolitana.
Autoriza doña Carolina Arenas Concha, Secretaria Subrogante del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana.
Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez(S) Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
Documento firmado electrónicamente por don/ña Cristhian Eduardo Navarrete Cottet, el 21-09-2017.
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71a75bee-a3dd-43ea-b3ab-831c356a62cb
Timbre Electrónico
2017-09-21T13:59:28-0300
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.