Texto de la sentencia
RIT: GR-16-00027-2023
RUC: 23-9-0000326-3
CARATULADA: INDUSTRIAL Y COMERCIAL PIMA LTDA. CON SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS DRM. SANTIAGO PONIENTE.
OMM/KRN
Santiago, cuatro de abril del año dos mil veintitrés.
I- A la presentación de la parte reclamante de fecha treinta de marzo del año dos mil
veintitrés, se resuelve:
En consideración a los antecedentes acompañados en autos y al hecho
que la parte reclamante dirige su acción en contra del avalúo del bien raíz fijado en
una tasación de carácter general, la cual contempla un plazo de 180 días para su
interposición contados desde la fecha de término de exhibición de los roles de
avalúo, lo cual ocurrió el día 27 de mayo del año 2022, por lo indicado el plazo
para interponer el presente reclamo venció el cinco de enero del presente año.
En razón de lo anteriormente expuesto, la presente petición ha sido
interpuesta en forma extemporánea, en virtud del artículo 149 del Código
Tributario, por lo cual, se declara Inadmisible el presente reclamo.
II- La presente resolución se firma únicamente de manera electrónica.
NOTIFÍQUESE la presente resolución mediante carta certificada, conforme lo
dispone el artículo 131 bis del Código Tributario. Déjese testimonio en el expediente.
PROVEYÓ DON OSCAR MERIÑO MATURANA, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
AUTORIZA DON JOSÉ ANTONIO GUERRERO URIARTE, SECRETARIO TITULAR DEL
SEGUNDO TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE LA REGION METROPOLITANA.
Oscar Renato Meriño Maturana
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Segundo
Documento firmado electrónicamente por don/ña Oscar Renato Meriño Maturana, el 04-04-2023.
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Timbre Electrónico
2023-04-04T18:35:03-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.